El Tribunal de Apelación Penal del fuero Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, conformado por Arnulfo Arias Maldonado, Digno Arnaldo Fleitas Ortiz y José Waldir Servín Bernal, a través de su AI N° 142 revocó el AI N° 111 de la jueza de Ejecución Penal Sandra Noelia Kirchhofer González, resolución mediante la cual había negado otorgar la libertad condicional al piloto condenado por A Ultranza, Job Von Zastrow Masi.
Con esta decisión, el condenado por lavado de dinero en asociación criminal Job Von Zastrow podrá abandonar la Penitenciaría Regional de Emboscada “Padre Juan de la Vega”, bajo ciertas normas de conducta que le deberá establecer el juzgado.
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Esto teniendo en cuenta que Von Zastrow lleva cumplidas las dos terceras partes de su condena de tres años de privación de libertad, la cual compurga totalmente el 22 de febrero de 2025. pues además del tiempo que se encuentra encerrado desde su sentencia en febrero de 2024, también se contabilizó el lapso que permaneció con prisión preventiva, desde el 2022.
Jueza rechazó salida y ordenó tratamiento psicológico
La jueza de Ejecución Penal Sandra Kirchhofer había solicitado una evaluación psicológica del condenado. En tal sentido la psicóloga forense Andrea Fretes indicó que Job Von Zastrow Masi “en cuanto al delito que se atribuye refiere que le involucraron por la venta de un avión y una camioneta a las personas equivocadas, le arrebataron su libertad injustamente, pero no tiene rencor”.
Por su parte, el licenciado Pedro Rodríguez, psicólogo clínico de la Penitenciaria Regional de Emboscada “Padre Juan Antonio de la Vega”, informó que Von Zastrow “presenta exceso de autobservación, existencia de rituales o compulsiones, temores o miedos irracionales, súbitas pérdidas de control emocional, malestar somático o corporal debidos a procesos de somatización psicológica, aunque pueden ser manifestaciones de patología médica”.
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Agregó además que “sugiere que el mismo tenga acompañamiento psicológico en el tiempo que el profesional estime conveniente, salvo parecer de su Señoría para que reciba en el aprendizaje de estrategias de afrontamiento eficaces para lograr un desenvolvimiento adecuado en sociedad”.
Es en base a esos informes que la jueza creyó “oportuno y sobre todo necesario que el interno sea sometido a un tratamiento psicológico por un periodo de tres meses, para ayudarlo a un cambio de vida en pro de su reinserción social”. Añadió que, “cuenta con una causa abierta y durante la ejecución de su condena no ha invertido su tiempo en actividades laborales o educativas que permitirán su reincorporación a la sociedad, el condenado tampoco admite la comisión del hecho punible por el cual fuera ondenado, por ende, este Juzgado considera que aún existe un alto riesgo de reincidencia”.
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Jueza ignoró informes positivos, según defensa
El abogado defensor de Job Von Zastrow, Paablo Reinerio Villalba, manifestó que “los argumentos desgranados por la dictante sobre el ítem puntual resultan francamente un despropósito judicial insostenible y una falacia, pues solamente funda la existencia de ciertos indicadores negativos en la personalidad del condenado, única y exclusivamente, en el examen psicológico practicado por la psicóloga forense Andrea Fretes, siendo la principal razón por la que deniega la libertad condicional”.
Cuestionó que la magistrada incurrió en un “desliz omisivo al menospreciar el Informe Psicológico que consta en el Informe del Órgano Técnico Criminológico y Consejo Asesor, el cual señala que no cuenta con antecedentes de indisciplina, un concepto de conducta catalogada como ‘Muy Buena’ y que califica para acogerse al beneficio de la Libertad Condicional”.
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Por su parte y en base a los argumentos esgrimidos tanto por el Juzgado de Ejecución Penal, la defensa del condenado y la oposición del Ministerio Público de hacer lugar la apelación, el camarista Arnulfo Arias votó por el rechazo del AI N° 111 de Kirchhofer, bajo el argumento de que “considero no oportuna la propuesta del Aquo que, para acceder al beneficio, debe el interno someter a una terapia psicológica de 03 (tres) meses, quien ya lleva cumplido a la fecha las dos terceras partes de la pena, si tenemos en cuenta que la sanción impuesta es de 03 (tres) años de pena privativa de libertad y que la compurgará en su totalidad en fecha 22 de febrero de 2025″.
Participación de Job Von Zastrow
Siempre según datos de la Fiscalía, el 19 de noviembre de 2018, Von Zastrow adquirió con ayuda de Vicente Ramón Leiva, la aeronave con matrícula ZP-BKT, de la marca Beechcraft, modelo B58, por valor de US$ 115.000. Luego, el 18 de diciembre de 2020, la vendió a Gilberto Sandoval, otra vez por medio de Vicente Leiva; pero, en el acto jurídico de compraventa, ante escribanía, se hicieron constar los datos del acusado José Enrique Gamarra y que la venta fue por valor de G. 560.000.000.
De la ganancia obtenida por la venta, Zastrow le pagó a Leiva la suma de G. 200.000.000, por la parte que le correspondía, mientras que el condenado usó su parte y el 28 de enero de 2021 compró la aeronave Beechcraft con matrícula ZP-BWN, por valor de US$ 120.000.
El 30 de agosto de 2021, Job Von Zastrow le vendió a Gilberto Sandoval, otra vez por medio de José Gamarra, el vehículo Toyota Hilux, con matrícula AABN606, por valor de US$ 45.000; y el 17 de septiembre de 2021, adquirió una camioneta Chevrolet Silverado, con matrícula AAIA 228, por valor de US$ 68.000.
Von Zastrow Masi se dedicó a proveer los medios de transportes necesarios a uno de los integrantes más relevantes de la organización, como la aeronave con matrícula ZP-BKT, la cual fue utilizada para trasladar a Sebastián Marset, Diego Marset, Mauro Garcia Troche, Reina Mercedes Duarte, Alberto Koube Ayala, Tadeo González, Alexis González, Irma Vergara, etc.