El juez de Paraguarí, Guillermo Ortega, dijo que consideró los elementos presentados por la defensa del imputado, que primó en su decisión que no hay motivos de obstrucción a la investigación y que tampoco vive cerca de la víctima.
El procesado por abuso sexual en niños bajo engaños llevaba a sus víctimas al local de una empresa donde trabajaba y allí los sometía sexualmente, de acuerdo a la denuncia. En el caso específico del niño que tomó la decisión de hablar concurría con frecuencia a una dependencia vecina y era interceptado por el depravado para cometer el crimen.
El presunto abusador amenazaba al niño con que asesinaría a todos sus familiares si lo delataba, de acuerdo al relato de la hermana. Al pasar los años el decidió inscribirse en el Seminario Mayor y hace más de un año, durante la pandemia del covid-19, tuvo una crisis estando internado como seminarista.
Le comentó al director de la institución los abusos que soportó y él le sugirió que ponga al tanto de a sus familias de los hechos y que presente denuncia formal, añadió.
La hermana de la víctima detalló que su hermano dijo que ya no podía vivir con ese tormento, que le traumó de por vida, porque había momentos en los que revivía las escenas. “Fue de terror lo que vivió y le destruyó, porque fue ultrajado y amenazado; le marcó para siempre”, expresó.
Por esos antecedentes que no supera, dejó por el momento el seminario, mencionó la hermana de la víctima de abuso.
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Justicia complaciente
La justicia es complaciente. En este caso no van en busca de hacer justicia a favor de la víctima, sino miran más el bienestar del imputado. Ocurrieron hechos llamativos en este caso caratulado en principio la investigación apuntaba a un hecho de “coacción sexual”, dijo la hermana del denunciante.
El juez Hilario Bustos dio lugar al pedido de la fiscalía y dictó prisión preventiva del procesado. Tenía que ser recluido en la Penitenciaría Regional de Misiones, pero jamás fue trasladado. Estuvo estos cuatro meses en la Comisaría Primera de Paraguarí, indicó.
Además, cada diez días presentaba ante el juez Bustos un informe médico para justificar que supuestamente no puede ir a la cárcel. Supuestamente “no se encontraba bien de salud, tiene presuntamente una grave enfermedad de la piel y que no puede estar en un reclusorio”, dijo.
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La defensa del procesado solicitó el cambio carátula, pero el juez no dio lugar al pedido planteado, por lo que apeló. La Cámara de Apelación de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, integrada por los magistrados Rosalinda Guens, Javier Esquivel y Antonio Álvarez, modificó a “Abuso sexual en niño”.
Al conseguir el cambio de carátula, en un maratónico procedimiento y aprovechando que el juez Bustos estaba de vacaciones, el abogado del procesado solicitó al juez interino, Guillermo Ortega, la revisión de medidas alegando que el detenido en la comisaría padece de una grave enfermedad.
Revocación de prisión preventiva
El abogado defensor del procesado presentó algunos elementos de prueba para la aplicación de otra medida menos gravosa a la prisión preventiva, que no existe peligro de fuga, ni obstrucción del procedimiento, señaló la hermana de la víctima.
El abogado le sugirió al juez Ortega hacer un análisis minucioso de las prueba, como un certificado de trabajo con antigüedad de 34 años, factura de ANDE, certificado de vida y residencia y certificado médico para la suspensión de la prisión preventiva.
En su análisis, el magistrado señaló que corresponde la revocación de la prisión preventiva, atendiendo a lo que dispone el Código Procesal Penal en su artículo 252.
La normativa expresa que la revocación se da cuando nuevos elementos de juicio demuestren que no concurren los motivos que fundaron o tornen conveniente su sustitución por otra medidas, cuando su duración supere o equivalga al mínimo de la pena prevista. Además consideró que no existe peligro de fuga o de obstrucción a la investigación.