Desde 2017, forma parte de la Ley de Autorización de Defensa Nacional, reglamentada por el decreto (“orden ejecutiva”) 13.818 del presidente Donald Trump. Su autoridad de aplicación es una dependencia del presidente de EE.UU., la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), cuyo jefe es nombrado directamente por él, sin necesidad de pasar por el Congreso para “dar soporte a los objetivos de seguridad nacional y política exterior”. La OFAC funciona como unidad de inteligencia y cumplimiento del ministerio de Hacienda de EE.UU. (departamento del Tesoro), dentro de la Oficina de Terrorismo e Inteligencia Financiera (una dirección).
Las ONG pueden solicitar, según esta ley, la inclusión de alguien entre los castigados. No hay jueces, ni tribunales, ni nada que chequee las acusaciones.
La ley establecía, en su artículo 1263 inciso d, que el presidente debía consultar al Congreso de sus decisiones, pero el presidente Obama comunicó que “en acuerdo con la doctrina constitucional de separación de poderes, que limita la capacidad del Congreso de dictar cómo el Poder Ejecutivo aplica la ley, mantengo mi discrecionalidad de actuar ante esos requerimientos…”
La OFAC, o sea el presidente de EE.UU., puede imponer castigos a quienes desobedezcan sus directivas: Multas, congelamiento de activos, procesos confiscatorios, proscripciones. Esto en virtud de las potestades conferidas al presidente por las leyes de Comercio con el Enemigo y de Poderes de Emergencia Económica Internacional, ésta promulgada por el presidente Jimmy Carter, que habilita al presidente de EE.UU. el uso de plenos poderes sobre la política comercial.
Como parte de su discrecionalidad absoluta, la OFAC, o sea el presidente de EE.UU., tiene la facultad de establecer excepciones a sus propias reglas emitiendo “licencias generales”, las ahora famosas GL en nuestro debate nacional.
Todo lo anterior se encuentra disponible, para quien quiera hablar con conocimiento y sin boludear, en la página del departamento del Tesoro de EE.UU.
Los poderes que la ley Magnitsky habilita al presidente de EE.UU. nada tienen que ver con el debido proceso, ni con ningún derecho. Tienen que ver con el ejercicio del poder. No rige para dentro de EE.UU., rige para proyectar su poder afuera. Sus decisiones son políticas y sólo políticas y surgen del interés nacional norteamericano y no de la moral o las buenas costumbres.
En dos casos en que la aplicación de la ley llegó a los tribunales norteamericanos, por afectar a personas con ciudadanía norteamericana, uno en 2009 y otro en 2011, los tribunales comprobaron que la ley Magnitsky viola la Cuarta (debido proceso) y la Quinta (garantía de la propiedad privada) Enmiendas de la Constitución de Estados Unidos.