Si un juez es el involucrado se entra en la burocracia de investigaciones inacabables, no solo por parte de la Corte Suprema de Justicia, sino también por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Si es un policía es el protagonista la vieja confiable por parte de la Comandancia es el traslado a otra unidad policial (tal vez hasta mejor), como “castigo”.
Vamos a referirnos a dos ejemplos recientes: el primero de ellos es el asesinato del joyero Ever Antonio Castellani ocurrido el pasado 28 de febrero en su casa de Ciudad del Este. El móvil fue el robo.
Dos fueron los presuntos autores del hecho. Uno de ellos fue identificado como Hernán Leguizamón Roa, quien cumplía una condena de 10 años de cárcel, por robo agravado.
Es decir esta persona tenía que estar presa hasta el año 2027, pero ya contaba con libertad condicional, desde diciembre de 2023, dictada por el juez Aldo Moreira Curtido, pese a la oposición de la fiscalía.
Al día siguiente del crimen, la Cámara de Apelaciones revocó la decisión, empero ya era tarde.
La ciudadanía pegó el grito al cielo, la fiscalía reclamó que hizo su trabajo, la Policía se quejó de que un delincuente que ellos habían tomado estaba libre.
Pero qué hicieron la Corte Suprema y el Jurado de Enjuiciamiento?. Muy poco se sabe, solo que los miembros del JEM realizaron el pasado 15 de marzo una audiencia pública en el Este para escuchar a los abogados. Nada más.
Este asesinato no debe terminar con la detención de los autores y el plagueo mediático.
Se debe también, en el ámbito correspondiente, investigar la responsabilidad del juez que dictó la libertad condicional, así como la de los funcionarios carcelarios que emitieron dictámenes favorables para el supuesto asesino.
El otro ejemplo es el caso del suboficial Diego Cáceres Benítez. El policía fue capturado en Caaguazú, el pasado 26 de febrero, con una camioneta blindada robada en un asalto en Brasil, el 18 de ese mes.
Sin embargo, el policía fue beneficiado con el arresto domiciliario solicitado por la fiscala Sonia Estigarribia quien señaló que se trata de un caso de reducción, con un marco penal leve.
El juez Rafael Domínguez Burgos dispuso la medida al indicar que no se estaba ante un caso de una persona reincidente en la comisión de hechos punibles.
Cáceres es un policía que entre otras cosas fue detenido en el año 2020 por coacción e intento de homicidio en el Alto Paraná. En ese momento cumplía funciones en la jefatura de Investigaciones de ese departamento.
Lo procesaron porque junto a otros dos compañeros de investigaciones supuestamente secuestraron a un comerciante y lo llevaron hasta la zona del río Monday para no involucrarlo en diversos delitos.
Pero la víctima se lanzó al río y logró salvarse milagrosamente.
El agente fue recluido en la Agrupación Especialidad, pero para debilitar el caso denunció a la fiscala Estela Marys Ramírez ante el Jurado, por persecución de inocentes. Luego obtuvo el sobreseimiento y no solo eso, logró que la superioridad policial lo traslade nuevamente al área de Investigaciones, esta vez en Itapúa, pese a sus antecedentes en las filas policiales.
El mensaje de estos ejemplos es simplemente de impunidad y hasta de protección, elementos que favorecen la inseguridad y la corrupción.
Felices Pascuas para todos.