Asunción 11 de julio de 2022
EXCELENTÍSIMO SEÑOR
MARIO ABDO BENITEZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
Asunción (Paraguay)
Excmo. Sr. Presidente:
Entre las muchas y altas responsabilidades que Su Excelencia tiene, el artículo 240 y el 242 de la Constitución Nacional le imponen la del gobierno del sector de la educación nacional, lo que quiere decir que usted es la máxima autoridad en ese ámbito y es responsable de lo que en él deciden y hacen el ministro de Educación y Ciencias, el Ministerio y sus funcionarios.
Como usted debe saber, el martes, 28 de junio, en el Gran Hotel Paraguay, fue presentado el borrador del documento final que contiene el Plan Nacional de Transformación Educativa, que con algunas correcciones posibles, será el instrumento que oriente con sus directrices todos los cambios en la educación nacional.
Con el deseo de colaborar con el Bien Común de la nación y con su gobierno, sorprendido y escandalizado por el contenido de dicho documento, rector de la futura educación, me siento obligado en conciencia a decirle que dicho Plan Nacional de Trasformación Educativa es perverso, porque pervierte el orden jurídico del Estado paraguayo, violando, por lo menos, doce artículos de la Constitución Nacional y treinta y tres de tres leyes, la Ley General de Educación, la Ley Orgánica del MEC y la Ley del Código de la Niñez y Adolescencia.
Pervierte los derechos de la patria potestad, pasando al Estado el rol que corresponde en primacía a la familia y los padres, que son los principales y definitivos “garantes” de sus hijos y sus derechos. Los hijos son de los padres y no puede apropiárselos el Estado, porque el derecho natural, la Constitución Nacional (artículo 54) y las leyes les reconocen y “garantizan” la patria potestad.
Pervierte el sistema educativo nacional y la pedagogía, imponiendo sin fundamento científico la pedagogía de los años 60-70 del siglo pasado, poniendo como modelo al famoso pedagogo Paulo Freire y la ideología marxista de su “Pedagogía del oprimido”, donde, con dialéctica marxista, incluye entre los oprimidos a los niños, y a los padres y profesores como opresores, nociva dicotomía que enfrenta a los niños y adolescentes con los adultos, socavando la jerarquía y autoridad que deben tener padres y maestros, para guiar, formar y educar a sus hijos y educandos.
Pervierte y viola el mandato de los artículos 12 y 22 de la Ley General de Educación, que obligan al Estado a consultar con las Comunidades Educativas formalmente institucionalizadas según los artículos 7 y 11 (inciso i) de dicha ley, imponiendo arbitraria y unilateralmente nueve políticas y cambios estructurales en el sistema educativo.
Su Excelencia, Sr. Presidente, usted juró cumplir y hacer cumplir la Constitución Nacional y las leyes. Si sigue apoyando y nos impone a los ciudadanos este Plan Nacional de Transformación Educativa, tendrá que dar cuentas de su imposición ante la justicia y, sobre todo, ante el pueblo paraguayo, que deberá desobedecerle, porque nadie puede imponerle que viole la Constitución Nacional y las leyes y, lo más importante, nadie puede imponer ir contra su propio derecho natural, que ampara al pueblo paraguayo.
Permítame que, por el bien suyo y el bien de los niños, adolescentes, jóvenes y toda la nación presente y futura, le recomiende encarecidamente que se informe bien de lo que bajo su gobierno se está planificando y que racional y democráticamente actúe en consecuencia.