Los conceptos de propiedad intelectual, datos e inteligencia artificial se entrelazan de forma fundamental en el ecosistema de innovación. La propiedad intelectual (PI) es la gasolina de la innovación, así como los datos alimentan la inteligencia artificial (IA).
Cada uno juega un papel crucial en la creación y despliegue de nuevas tecnologías, y su combinación adecuada y ética, puede crear productos y servicios innovadores, únicos y difíciles de replicar, logrando que la tecnología avance de manera ética y rentable, estimulando un entorno donde las empresas sientan seguridad al invertir en investigación y desarrollo.
La PI protege y recompensa las ideas, conocimientos y desarrollos, permitiendo que los inventores puedan beneficiarse de su trabajo, incentivando la innovación, al otorgar un tiempo de exclusividad en el mercado, permitiendo recuperar la inversión. La propiedad intelectual facilita la colaboración y el intercambio de conocimiento, lo cual es esencial para el progreso. Sin los derechos de protección, muchos podrían invertir menos en nuevas ideas, y los avances podrían ralentizarse.
Desafíos
Según el estudio realizado a más de 2.600 personas, encuestas y grupos focales, en el marco del Segundo Observatorio de la Sostenibilidad de la Cultura Escrita de España, la piratería está “extendida y normalizada”. Revela además que el 92% de los consultados identifica a escritores, traductores, periodistas y editores como la garantía de calidad y credibilidad en los libros, periódicos, revistas y partituras.
De acuerdo con los datos, el 67,5% de los consumidores de contenidos editoriales digitales los obtienen a través de canales ilícitos. Por otra parte, el 74,3% argumenta que la tecnología facilita piratear libros, periódicos, revistas y partituras.
Mientras tanto, el 49,5% lo hace debido al alto costo de los contenidos originales, la falta de campañas de concienciación, la dificultad para encontrar publicaciones físicas, la impunidad y la percepción de que lo digital tiene menos valor al no ser un objeto tangible.
Normativas
La falta de regulación en inteligencia artificial es otro de los problemas que preocupan, ya que no hay legislación para garantizar la protección de los derechos de autor. OpenAI, la empresa propietaria de ChatGPT, inició sus operaciones sin ánimos de lucro, y hoy tiene un valor de mercado de más de US$ 150.000 millones, en promedio.
Por otra parte, de acuerdo con el Índice Global de Innovación 2024, publicado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que clasifica a las economías según sus capacidades de innovación, analizando 80 indicadores, agrupados en insumos y productos de innovación; Paraguay ocupa el puesto 93 de 133 países. Suiza, Suecia y Estados Unidos son las tres naciones más innovadoras; en Sudamérica lidera Brasil, seguido por Chile y Colombia, mientras que Paraguay, Ecuador y Bolivia están en las últimas posiciones.
Derechos de autor
En una conversación con Esteban Argudo, docente, experto y evangelista convencido en propiedad intelectual, derechos de autor, patentes, con más de veinticinco años de experiencia y becario de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), de visita en el país, en una exclusiva con ABC Negocios, dejó claro que el uso no autorizado de obras protegidas por el derecho de autor en cualquiera de las fases del desarrollo de un sistema de IA o en su utilización posterior, constituirá una infracción a los derechos de propiedad intelectual.
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La IA mejora los niveles de productividad y competitividad de las organizaciones. ¿Cuáles son los principales beneficios y riesgos?
Al igual que en el siglo XVIII, en el que la máquina de vapor dio origen a la producción industrial, así el desarrollo de la tecnología digital y la utilización de sus herramientas como el software y la IA en la actualidad, nos encamina hacia una nueva etapa productiva sin precedentes, sustentada en la eficiencia y la innovación tecnológica.
Con la minería de datos y la utilización de los modelos adecuados de IA, se pueden diseñar estrategias comerciales, optimizar procesos, determinar tendencias, segmentar mercados, desarrollar nuevos productos, proporcionando mayores ventajas competitiva a las empresas.
No obstante, la utilización sin ética y transparencia de las herramientas de IA conlleva al riesgo de graves infracciones a la protección de datos personales o de incurrir en conductas desleales que afecten a los consumidores u otros competidores en el mercado.
¿Durante el procesamiento de información cómo se puede proteger la propiedad intelectual?
Es necesario cumplir con las leyes tomando en cuenta que gran parte de la data es protegida y no se encuentra en el dominio público, por ello será indispensable obtener licencias o trabajar bajo licencias abiertas otorgadas por sus titulares. Existen sistemas de licenciamiento de los propios titulares a múltiples plataformas de distribución de contenidos musicales o audiovisuales, cuyo ejemplo deberá seguirse con transparencia en el desarrollo de los sistemas de IA.
La minería de datos, almacenados en la nube o cualquier base de datos, conlleva una serie de riesgos, transformados en conocimiento aplicable en diversos campos con beneficio económico para los desarrolladores, inversores y/o distribuidores, sin recompensa para los titulares de los derechos. En este aspecto, el sistema del derecho de autor ha probado ser suficiente y adecuado para proveer soluciones de licenciamiento y uso de contenidos en el entorno digital, sin que se constituya en un obstáculo al desarrollo tecnológico o económico.
¿América Latina ha desarrollado normativas al respecto?
Hay varios proyectos legislativos con diversos enfoques, desde aquellos que procuran el desarrollo de leyes exhaustivas y de regulación integral de la IA (hard law), como los recientemente propuestos en los parlamentos de Chile y Ecuador, que prevén inclusive la creación de entidades públicas con la responsabilidad de supervisión y aplicación de la ley, hasta otros proyectos que proponen el desarrollo de ordenamientos jurídicos no exhaustivos, con un enfoque más flexible y orientado a la industria (soft law).
Perú es el primer país en promulgar una ley sobre inteligencia artificial en el 2023, estableciendo un entorno normativo propicio para la innovación y la inversión en el desarrollo de nuevas soluciones tecnológicas. Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica y México manejan varias propuestas legislativas que continúan en discusión, aún sin regulaciones efectivas.
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¿Las creaciones generadas por IA deben tener protección de derechos de autor?
En el ámbito de la propiedad intelectual, se procura a través de las leyes que las creaciones humanas sean protegidas. En el ámbito del derecho de autor, serán las obras que se encuentren revestidas de originalidad, esto es que sean el reflejo de los sentimientos, pasiones, emociones y otras manifestaciones que son propias de los seres humanos.
Por esta razón y en la medida que la intervención humana sea predominante en las creaciones generadas, con el apoyo auxiliar de las herramientas de IA, serán protegidas por el derecho de autor; y, si no es así, y en su producción prima la intervención de los sistemas de IA, no contarán con esta protección que no está destinada a las creaciones que tienen su origen en algoritmos procesados por maquinas, que “per se”, no pueden ser sujetos de derechos.
¿Cuáles son las implicaciones legales si un producto de IA infringe derechos de propiedad intelectual? ¿Cómo se distribuyen las responsabilidades entre el usuario, el creador de la IA y la propia IA?
La utilización no autorizada de obras protegidas por el derecho de autor en cualquiera de las fases del desarrollo de un sistema de IA o en su utilización posterior, constituirá una infracción a los derechos de propiedad intelectual. En función de la gravedad de dicha infracción, se podrán atribuir responsabilidades civiles o penales.
En función del momento en que se produce la infracción, la responsabilidad podrá recaer en el desarrollador del sistema de IA, si la herramienta fue diseñada o entrenada utilizando contenidos protegidos por la PI, sin contar con la debida autorización de los titulares, o si en esta no se han implementado las medidas tecnológicas efectivas para evitar su uso.
El usuario de la IA será considerado responsable por cualquier utilización indebida, en casos tales como la realización, reproducciones no autorizadas de obras preexistentes con el uso de tales herramientas, o en la creación de obras derivadas de ellas, sin el consentimiento de los titulares. En cuanto a la IA en sí misma, no es un sujeto de derechos y por esta razón, no podrá ser considerada responsable de ninguna acción u omisión.
¿Cómo pueden los usuarios de la IA, especialmente en el ámbito creativo, protegerse frente a posibles conflictos de propiedad intelectual?
La propiedad intelectual es un sistema que pone al alcance de los titulares de los derechos, recursos y acciones para hacerlos efectivos. Los usuarios de las herramientas de IA deberán tener en cuenta los derechos preexistentes de PI, evitando infringirlos con su utilización y prevenir eventuales conflictos, utilizando marcas registradas o reproduciendo obras protegidas sin autorización, dos de las formas más habituales de infringir los derechos de los creadores.