En su presentación, la abogada Daniela Cuevas argumentó que los derechos humanos de su defendido Armando Rotela, líder del clan Rotela también conocido como el “Rey del crack” son vulnerados por las condiciones de seguridad estrictas de la penitenciaría regional de máxima seguridad de Emboscada Martín Mendoza, que no se condicen con las disposiciones legales vigentes en la materia.
A través de la tutela jurisdiccional, la defensora planteó una suerte de flexibilización de las condiciones de reclusión de su defendido, tras argumentar que el reglamento interno del penal no puede estar por encima de la legislación vigente. Cuevas solicitó la intervención del juzgado de ejecución penal para restablecer las visitas y otros beneficios que tienen las personas privadas de libertad en otros reclusorios.
La defensora también denunció supuestos maltratos sufridos por su representado, quien se encuentra en dicho centro penitenciario desde diciembre del año pasado, cuando fue trasladado en el marco de la Operación Veneratio.
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Líder del clan Rotela, con visitas restringidas
“Así mismo esta defensa realizó y realiza constantes reclamos en cuanto a la alimentación y otras condiciones de reclusión, los mismos no gozan de las visitas familiares y conyugales, beneficios ya obtenidos por las personas privadas de libertad derechos adquiridos no son respetados por lo que con este incidente también exigimos el cumplimiento de los mismos.
“Las visitas de un familiar autorizado cada quince días, así como del profesional abogado se realiza sin cumplir el respeto mínimo que merecemos tanto profesionales o familiar cuando se realiza en presencia de cinco a seis personales armados encapuchados, tomando nota de todo lo que uno habla, violentando en derecho a la defensa, norma de rango constitucional”,alegó la defensora.
Cuevas concluye su presentación solicitando el traslado de su defendido “a cualquier lugar de reclusión que disponga V.S, exceptuando las de Misiones, Concepción, Ciudad del Este y Pedro Juan Caballero, por encontrarse en esos lugares personas pertenecientes a grupos criminales que tienen amenazado de muerte a mi defendido, será el apropiado para el cumplimiento de su condena, todos los centros penitenciarios cuentan con la seguridad necesaria para albergarlo”.
Antes de resolver la cuestión, la magistrada de ejecución penal Sandra Kirchhofer solicitó un dictamen de un médico forense y del Ministerio Público, que en el caso quedó a cargo de la fiscala de ejecución Liz Cowan, quien se opuso a la concesión de la tutela solicitada.
Paralelamente, la magistrada solicitó informes sobre la situación de Rotela a las autoridades penitenciarias y también se constituyó en el reclusorio, para verificar personalmente las condiciones de reclusión del mismo.
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Armando Rotela: “Ya me estoy volviendo loco”
La magistrada convocó al propio Rotela a una audiencia ante el juzgado, oportunidad en que el condenado manifestó su conformidad con los hechos expuestos por su abogada y agregó lo siguiente:
“Quiero pedir si hay la posibilidad porque demasiado ya sufrí en mi pieza, ya no recibo visitas ni le veo a mi familia, cada 15 días nos dejan verle a mi gente por solo 45 minutos, yo también soy un ser humano y demasiado y a sufrí y si hay posibilidad para verle a mi familia, a mi mamá si hay la posibilidad les pido por favor. Le pido también un lugar un poco mejor si hay la posibilidad porque ella me había dicho cuando me visitó que me iba a ver un lugar un poco mejor para poder verle a mi familia. Hace un año ya estoy así, casi 24 horas estoy aislado, ya me estoy volviendo loco, yo soy un ser humano más nomas también. Me siento sin aire en este lugar, mi celda este todo enchapado, ni viento no entra ahí, si hay la posibilidad de que me ayuden les voy a agradecer muchísimo”, dijo Rotela.
“No pido privilegios, solo pido que me den mis derechos como un condenado más, como un preso más, acá mejoró un poco más ya la comida, a veces me dejan tomar terere, ya me dieron almohada y colchón nuevo, cuando se cambió de director se cambió a mejor ahora. Mi pieza es 2x3 y no puedo ni moverme. Le pido a la jueza una oportunidad por favor”, agregó el líder del clan Rotela.
Tras munir de la documentación necesaria, la magistrada concluyó que no existen motivos para disponer el traslado de Rotela, en atención a que muchas de las situaciones expuestas por la defensa no han podido ser corroboradas.
Médicos no detectaron rastros de maltratos físicos o tortura
En este sentido, la magistrada destaca que los informes médicos remitidos y las constancias remitidas por el director del lugar de reclusión, se puede verificar que Rotela se encuentra en todo momento asistido y monitoreado por los profesionales médicos de la Sanidad de la penitenciaría y que su estado de salud es estable.
“En cuanto a posibles hechos de maltratos denunciado, de acuerdo a los dictámenes de los médicos, no se verificó ningún rastro de maltrato físico o tortura en el cuerpo del señor Armando Rotela”, resaltó la magistrada, tras precisar que considera que los derechos a la protección de la salud y la integridad física del condenado están preservados.
En relación a la falta de acceso a recreación, distracción alegada por la defensa técnica, se verifica que de acuerdo a la rutina establecida en el Reglamento del Centro Penitenciario Martín Mendoza, el condenado puede acceder diariamente a dos horas de esparcimiento o salida al aire libre en los horarios comprendidos 08:00 a 10:00 horas o de 10:00 a 12:00 horas, además de contar con un tiempo de reflexión o espacio espiritual de las 13:00 a 15:00 horas, por lo que dicha garantía se encuentra contemplada dentro de las disposiciones establecidas por el lugar de reclusión y depende de la voluntad de incoado ejercer su derecho a recreación, no existiendo limitación alguna”, agregó.
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Rotela recibió a sus abogados en 34 oportunidades, en un año
Con respecto a las visitas de profesionales y familiares, la jueza explica que el reglamento establece la regularidad y las condiciones dentro de las cuales las mismas serán realizadas, teniendo en consideración que constituyen un derecho de la persona privada de libertad y contribuye a mantener y fortalecer los vínculos familiares. En ese sentido, señala queun informe remitido por la penitenciaría revela que Rotela ha recibido la visita de sus abogados en 34 oportunidades desde su ingreso.
En cuanto a la visita conyugal solicitada por el interno, el reglamento de medidas normativas para el régimen cerrado especial de reclusión para personas privadas de libertad de alta peligrosidad y alto riesgo, alojados en establecimientos penitenciarios de régimen cerrado especial, sección especial y/o módulo de máxima o alta seguridad, en su artículo 8 inc. 11 determina claramente la que: “no está permitida la visita conyugal o íntima”.
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Jueza no detectó abuso de autoridad, tortura ni maltrato a Rotela
Finalmente, la jueza Kirchhofer afirma que se ha constatado que ”no han sido vulnerado garantías y derechos que pongan en peligro su vida e integridad física, de acuerdo a las documentales agregadas a autos, las autoridades administrativas han actuado conforme a la reglamentación normativa del establecimiento penitenciario, velando por los derechos y libertades fundamentos del condenado, salvaguardando el derecho a la salud, a una alimentación sana, respetando su espacio al aire libre y otorgándole comodidades básicas en una celda individual”.
“Esta Magistratura tampoco ha detectado algún tipo de abuso de autoridad, tortura y maltrato por parte de los agentes penitenciarios o circunstancias que puedan poner en peligro la vida, salud o integridad personal del interno, por lo que no ha comprobado ninguna desviación intramuros en el cumplimiento a los preceptos del régimen penitenciario por parte de las autoridades penitenciarias”, concluye la magistrada, al fundamentar el rechazo a la petición de la defensa.
Actualmente, el líder del “Clan Rotela”, tiene una condena por narcotráfico de 19 años de cárcel y 8 años de medida de seguridad, dictada en 2020; y otra de 8 años de prisión dictada en 2022, que debería compurgar en 2046. En octubre pasado, un Tribunal de Apelación dispuso unificar las penas, resolución que permite reducir cuatro años de reclusión a Rotela, que finalmente cumplirá su pena unificada el 23 de julio de 2038 y la medida de seguridad en julio del año 2046.