RGD: Fiscalía pide condena de 12 años de cárcel por hurto de cheques de juzgado

La Fiscalía solicitó una condena de 12 años de cárcel para Ramón González Daher, en el juicio oral y público por el hurto de más de 400 cheques de un juzgado penal de garantías, en el 2021. El usurero cuenta con dos condenas, de 15 y 7 años de cárcel, por usura, lavado de dinero y denuncia falsa.

Ramón González Daher, condenado por usura, lavado de dinero y testimonio falso, podría tener una nueva condena hoy, por hurto de cheques de un juzgado penal de Asunción.gentileza
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El fiscal Luis Piñánez solicitó para Ramón González Daher una condena de 12 años de cárcel por los supuestos delitos de quebrantamiento del depósito y hurto agravado, en calidad de instigador; y reducción como autor. En sus alegatos finales, el fiscal de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (Udea) sostuvo la responsabilidad del expresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF) en el hurto de 471 cheques del juzgado penal de garantías especializado en Crimen Organizado N°1, a cargo de Humberto Otazú, ocurrido en el 2021.

La acusación contra RGD, quien ya tiene una condena a 15 años de cárcel por usura y lavado de dinero y a 7 años por denuncia falsa, el Ministerio Público solicitó juicio oral y público para el acusado por la supuesta comisión de los delitos de quebrantamiento de depósito e instigador de hurto agravado.

El Tribunal de Sentencia presidido por Juan Carlos Zárate Pastor e integrado por María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro convocó a las partes para la presentación de los alegatos finales, a partir de las 08:30 de hoy.

Advertencia del Tribunal a la defensa de Ramón González Daher

Sin embargo, a la hora indicada el colegiado comunicó a las partes la decisión de realizar la advertencia del artículo 400 del Código Procesal Penal y dio un plazo de 1 hora más, a fin de que la defensa pueda prepararse para la eventual calificación del hecho punible de reducción.

El Artículo 400 del Código Procesal Penal establece que si el tribunal observa la posibilidad de una calificación jurídica que no ha sido considerada por ninguna de las partes, advertirá al imputado sobre esa posibilidad, para que prepare su defensa.

De izq. a der. los jueces Héctor Capurro, Juan Carlos Zárate Pastor y María Fernanda García de Zúñiga, integrantes del Tribunal de Sentencia del tercer juicio a Ramón González Daher.

Según la acusación fiscal, el condenado a 15 años de cárcel por usura, lavado de dinero y denuncia falsa, en su afán de recuperar las hojas de cheque incautadas de su poder en el marco de la causa que finalizó con su condena, habría inducido a una persona con acceso al juzgado, entre febrero y julio de 2021, a sustraer los 471 cheques.

Cheques hurtados fueron utilizados para el “apriete”

La desaparición de dichas evidencias fue denunciada por la actuaria de Sentencia Mariana Laterra, el 5 de agosto de 2021 y, según la misma, los cheques fueron recibidos entre el 5 y el 8 de febrero del año 2021 por la actuaria del juzgado penal de Garantías, Luz Portillo.

En el ámbito judicial, nunca se pudo determinar quien fue la persona que sacó el paquete de cheques del depósito de evidencias del juzgado, cuyo acceso no fue violentado. Posteriormente, las sospechas recayeron sobre González Daher luego de que Alberto Antebi denunciara ante la Fiscalía que el usurero utilizó tres de los cheques hurtados del juzgado para reclamar el pago de una supuesta deuda (que Antebi afirma que ya está pagada).

En este depósito se guardaban pruebas claves de varios juicios, como las de Ramón González Daher, acusado de usura y lavado de dinero. En el 2021 se “extraviaron” más 400 cheques y posteriormente, tres de ellos fueron utilizados por RGD para el "apriete".

La abogada de González Daher, Emma González Ramos también fue acusada en la presente causa, pero en puertas del juicio firmó un acuerdo conciliatorio con las víctimas, la defensa planteó el incidente de extinción de la acción penal, la Fiscalía se allanó a dicha petición y el Tribunal de Sentencia dictó su sobreseimiento definitivo de la presente causa penal.

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