El exministro del Interior Walter Hugo Bower Montalto formuló recusación contra los miembros del Tribunal de Sentencia, el juez Fabián Weisensee, en calidad de presidente, y las juezas Laura Ocampo y Cándida Fleitas. El incidente fue presentado bajo patrocinio de los abogados defensores de Bower, Anastasio Ojeda y Rubén Melgarejo.
Para mañana viernes, a las 12:00, fijó el Tribunal de Sentencia la continuación del juicio y público, sin embargo este incidente planteado provoca la suspensión solamente para el caso de Walter Bower; en tanto que el debate sí tendrá continuidad para el caso de los policías Merardo Palacios Melgarejo (66) y Osvaldo Javier Vera Espínola (51).
La recusación presentada por Bower ahora deberá ser analizada por los integrantes de uno de los Tribunales de Apelación en lo Penal. Los magistrados deberán resolver, entonces, si ratifican a los jueces de sentencia o no. Con esta “movida” del procesado por torturas, su juicio queda en suspenso.
Ya en la audiencia de juicio del sábado 19 de octubre pasado, el exministro Walter Bower, de 65 años, y los policías Merardo Palacios Melgarejo (66) y Osvaldo Javier Vera Espínola (51) habían sido hallados culpables del hecho punible de tortura, según lo que establece el artículo 309°, inciso 1, numeral 1, a y b, del Código Penal original. En este sentido, se exponen a penas de 5 a 25 años de cárcel.
En la segunda etapa del juzgamiento, que fue dividido por el Tribunal, la agente fiscal de la Unidad Especializada en Derechos Humanos Sonia Sanguinés y los abogados Carlos Álvarez y Rolando Alum, representantes de los policías querellantes Jorge López y Alfredo Cáceres, presentarán sus pruebas y solicitarán los años de pena para los acusados, según lo señalado en el artículo 65 del Código Penal.
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Chicana de Bower en último trámite de su juicio
El abogado querellante, Rolando Agustín Alum Rojas, manifestó a nuestro diario su molestia por esta otra chicana planteada por el exministro Walter Bower. Subrayó que este incidente se dio a pocos días de que se cumplan los 10 días para la continuación del juicio, recordando que, si un juicio se suspende por más de los 10 días, se debe reiniciar. En este sentido, Alum sostuvo que “el juicio en su caso queda en suspenso y que lo que él busca es reiniciar el juicio”.
Comentó que con este incidente, la audiencia de juicio continuará por separado para los policías y Walter Bower, que “torturó a medio centenar de gente”, “se va a quedar solo”. Denunció además, que la idea del exministro Bower siempre fue buscar un Tribunal a medida con el fin de ser absuelto y que solamente los policías sean condenados.
En otro momento señaló “esas dos mujeres (por las juezas Laura Ocampos y Cándida Fleitas), la garantía está en las mujeres, porque en el Tribunal de Sentencias anterio, la jueza Rossana Maldonado fue la única que votó en disidencia, al considerar reprochable” la conducta de Bower.
¿Por qué fue dividido el juicio oral?
Este es el segundo juicio oral y público que afrontan los policías Osvaldo Vera y Merardo Palacios, y el exministro del Interior Walter Bower. En este nuevo juzgamiento se resolvió la división, por lo que en la etapa que finalizó el sábado último se analizó la culpabilidad de los acusados y en la segunda parte se establecerán las condenas que deberán cumplir los tres.
En este segundo juicio el Tribunal de Sentencia que integran los jueces Fabián Weisensee, como presidente; Laura Ocampo y Cándida Fleitas, como miembros; atendió el pedido realizado por las defensas, y resolvió la división del juzgamiento, conforme a lo establecido en el artículo 377 del Código Procesal Penal (CPP).
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Esta normativa señala que el presidente (del tribunal) podrá, cuando sea conveniente para individualizar adecuadamente la pena o para facilitar la defensa del acusado, dividir el juicio en dos partes. En la primera se tratará todo lo relativo a la existencia del hecho y la reprochabilidad del acusado y en la segunda lo relativo a la individualización de la sanción aplicable, resalta la primera parte de la norma.
Agrega que si la sanción que se puede aplicar a las resultas del juicio puede ser superior a los diez años o la aplicación de las medidas previstas en el artículo 72 incisos 3º y 4º numeral 1º del Código Penal, la división será obligatoria si la solicita el imputado, como ocurrió en el presente juicio oral.
Tortura contra policías tras intento de golpe de Estado
En la primera parte del juicio oral para el Tribunal de Sentencia quedó probado que los policías participaron de hechos de maltrato físico hacia Jorge Luis López Sosa y otras personas; y el exministro del Interior Walter Bower fue acreditado como participante en los hechos que se dieron en mayo del año 2000, en las sedes de la Marina y la comisaría 11ª de Asunción, tras un levantamiento militar frustrado.
Estos apremios físicos en contra de los agentes López y Cáceres, además de varios otros agentes de la Policía Nacional, habrían ocurrido luego que los mismos hayan sido acusados de intentar perpetrar un golpe de Estado en contra el Gobierno del entonces presidente Luis Ángel González Macchi.
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Los aprehendidos fueron llevados hasta la citada sede policial, que no era la de la jurisdicción en donde ocurrieron los hechos (microcentro de Asunción), pero era estratégica porque en esa jurisdicción estaba la residencia de Bower, de acuerdo a lo probado en juicio oral.
López fue parte del grupo de policías detenidos en la referida unidad policial, mientras que el comisario Alfredo Cáceres afirmó que el 21 de mayo del año 2000 fue torturado por los policías bajo la supervisión de Bower en la sede de la Marina.
Cámara anuló absolución
El primer juicio oral de la presente causa finalizó el 30 de diciembre de 2019, con la absolución de culpa y pena del exministro del Interior Walter Bower Montalto y los policías Merardo Palacios Melgarejo y Osvaldo Javier Vera Espínola. El fallo fue dictado en mayoría por los jueces Carlos Hermosilla y Víctor Medina; mientras que la jueza Rossana Maldonado votó en disidencia.
El 27 de abril de 2021 la Cámara de Apelaciones Tercera Sala, por Acuerdo y Sentencia Nº 22 anuló la Sentencia Definitiva Nº 1 del 30 de diciembre de 2019, y reenvió el expediente para un nuevo juicio oral, que ahora está en etapa final.