Juzgado ordena el levantamiento de embargos sobre bienes de Copaco

La Procuraduría General de la República logró la anulación del embargo sobre G. 5.344 millones en bienes de Copaco. El fallo garantiza la protección de los activos de la compañía en beneficio del Estado. El Juzgado analizó que los bienes de Copaco son inembargables por ser una entidad estatal.

Imagen de archivo: movilización de funcionarios de Copaco.Gentileza
audima

El Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral del Cuarto Turno de la Capital resolvió hoy fallar a favor de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones (Copaco). Ordenó el levantamiento del embargo sobre bienes de la empresa estatal. Esta decisión se da en el marco de un juicio ordinario iniciado por María Ladislaa Mereles, quien demandó a la compañía por cobro de guaraníes bajo diversos conceptos.

El fallo beneficia a Copaco con la liberación de G. 234.687.649 en efectivo, así como de cinco inmuebles valorados en G. 5.110.296.540.

La Procuraduría General de la República (PGR) defendió la posición del Estado y argumentó que, dado que el 99% de las acciones de Copaco pertenecen al Estado, la empresa debe ser considerada pública, por lo que sus bienes son inembargables según el artículo 716 del Código Procesal Civil (CPC).

Los bienes afectados incluyen propiedades en los distritos de Mariano Roque Alonso, San Roque y San José de los Arroyos, además de sumas embargadas en cuentas de diversas entidades bancarias como Sudameris Bank, Visión Banco, Banco Continental y Banco Nacional de Fomento, que sumaban más de G. 234 millones.

La PGR fundamentó su solicitud basándose en la Ley 5058/13, que establece a Copaco como una empresa pública, lo que refuerza su postura de que los bienes estatales son inembargables. El juzgado coincidió con esta argumentación y concluyó que, al tratarse de patrimonio estatal, los embargos violaban la normativa vigente.

Jubilados de Copaco reclaman “premio”

En junio de este año, la Procuraduría General de la República recurrió a los diferentes fueros laborales para levantar los embargos de bienes de Copaco.

Estas retenciones de los bienes de la telefónica pública se concretaron tras demandas laborales de sus funcionarios jubilados, que exigen el cobro de un “premio” por los años de servicio que brindaron a la estatal, tras acogerse al retiro, beneficio que está previsto en el contrato colectivo de trabajo.

Estos beneficios del contrato colectivo son inaplicables actualmente en la estatal, ya que registra millonarias pérdidas.

Copaco continúa con este viejo esquema de “premiar” a los funcionarios que se jubilan, con una compensación por los años de servicio. Este desembolso “obligatorio” se estableció en el artículo 78 del contrato colectivo de trabajo entre la compañía estatal y el Sindicato Nacional de Trabajadores de Telecomunicaciones (Sinattel).

Lo
más leído
del día