La audiencia disciplinaria para Dany Durand Espínola y su representante legal, el Abg. Óscar Tuma, es en el marco de una de las causas que afronta el exdiputado colorado por el caso Mocipar, en la que está acusado por presunta estafa y asociación criminal junto a otros 7 ex directivos de la firma.
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La jueza de Garantías Cynthia Lovera impondrá a Durand las sanciones establecidas en los artículos 112, 113 y 114 del Código Procesal Penal, debido a la recusación planteada la semana pasada contra las fiscales Alba Delvalle, Irma Llano y Ruth Karina Benítez, que fue tomada como un recurso dilatorio de Durand y su defensa, ya que fue presentada 40 minutos antes del horario fijado para la audiencia preliminar, el miércoles 7 de agosto.
Las agentes del Ministerio Público ya habían sido recusadas por una de las coacusadas y fueron confirmadas por la Fiscalía General del Estado. Dicha decisión fue notificada a Dany Durand el 12 de julio pasado. Posteriormente la jueza Cynthia Lovera programó la audiencia preliminar para el 7 y 8 de agosto, y el exdiputado colorado esperó hasta las 7:45 de este miércoles (7 de agosto) para presentar la recusación.
En esta causa el Ministerio Público también acusó y pide juicio oral para Fernando Román Fernández, Marcela Adriana Durand Martínez, Luz Marina González de Durand, Diana Teresita Britos Ocampo de Román, Favio Arturo Britos Ocampo, Myriam Elizabeth Teme Buscio y María Cristina Coeffier Villalba, todos exdirectivos de la firma Mocipar.
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Dany Durand, acusado por caso Mocipar
Según la acusación fiscal todos los encausados conformaban una estructura de organización empresarial y buscaban obtener bienes patrimoniales resultante de la falta de entrega de los bienes comprometidos a los clientes de las empresas del Grupo Mocipar, como, asimismo, a la falta de pago de sus proveedores de bienes, siendo la idea y la dirección de la mecánica de “obtener bienes patrimoniales de forma indebida”.
El perjuicio patrimonial ocasionado a un total de 31 víctimas de estafa asciende a la suma de G. 867.087.725, cuyo origen proviene de las estructuras contractuales ilícitas, diseñadas para obtener beneficios patrimoniales indebidos provenientes de los aportes de los clientes, según la acusación de 182 páginas.
Los hoy acusados, en nombre y representación de las firmas Mocipar Automotores SA, Mocipar Propiedades SA y Mocipar Hogar SA, realizaron declaraciones falsas sobre hechos que indujeron al error de las 31 víctimas de estafa, llevándolas el error acontecido a disponer de su patrimonio y a sufrir el consecuente perjuicio, con la técnica articulada de los contratos y con la promoción y transmisión de sorteos televisivos, que inspiraban a los clientes a la confianza; sin embargo, estos simplemente fueron personas aportantes que solo crearon beneficios unilateralmente para los hoy acusados.
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Las suscripciones de contratos sucesivos de clientes a las empresas del Grupo Mocipar, las declaraciones plasmadas en los contratos de los ofrecimientos como: Plan Auto Fácil, Plan de Vivienda, Plan Vivienda de Sueño, Plan Departamento Barrio Cerrado, Plan Vivienda Campos del Sol, Plan Casa, Plan Casa Fácil, etc., fueron ofrecimientos que “se contrapusieron por completo con la realidad, porque los acusados carecían de bienes suficientes para cumplir con los numerosos compromisos que habían asumido”, puntualiza el Ministerio Público.