El abogado Alfredo Duarte Montiel,acusado en la causa abierta a partir del Operativo Pavo Real Py, recusó el 30 de julio a los fiscales Osmar Segovia, Ingrid Cubilla, Fabiola Molas y Elva Cáceres, todos de la Unidad Especializada en Lucha contra el Narcotráfico y Crimen Organizado, por supuestamente no cumplir con los requisitos establecidos para presentar acusación en el mencionado proceso.
La recusación de Duarte se funda en el artículo 15° de la Ley N° 6814 de Enjuiciamiento de fiscales y magistrados, en cuanto a sus incisos: “b) inobservar los plazos procesales, causando la prescripción del hecho punible o la extinción de la acción penal y c) imputar o acusar a una persona sin que se encuentren reunidos los requisitos exigidos en el Código Procesal Penal o no hacerlo cuando ello correspondiere”.
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Ante la presentación del incidente, el fiscal Osmar Segovia presentó su contestación ante la Fiscalía Adjunta de dicha unida, que está a cargo de Matilde Moreno.
En parte de su escrito, el fiscal de Narcotráfico sostuvo que “la recusación es de carácter meramente dilatorio”. Al mismo tiempo subrayó que esa fue la conducta que mantuvo Duarte durante todo el proceso, pues anteriormente recusó al encargado del Juzgado Penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado, Gustavo Amarilla (hoy camarista) y también al actual titular de mismo, Osmar Legal, quien no fue confirmado aún en esta causa.
“Dicha conducta trajo como consecuencia un importante retraso en numerosas decisiones jurisdiccionales referentes a diligencias investigativas”, entre ellas para la extracción de datos de elementos informáticos. Y en este punto, acusó que la recusación fue resuelta recién después de ocho meses por la Corte Suprema de Justicia, incluso luego de cinco urgimientos fiscales.
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Fiscal aclaró situación de indagados en Pavo Real Py
De acuerdo con los antecedentes del caso, el 11 de julio de 2023 el fiscal Osmar Segovia presentó imputación contra un total de 41 personas, entre ellas familiares, supuestos testaferros y colaboradores del narcotraficante Jarvis Chimenes Pavão. De ellas, 24 fueron acusadas el 11 de julio de este año, con pedido que afronten juicio, pues fueron detenidas el día de la imputación.
Sin embargo, hay otros imputados que no fueron sometidos al proceso en atención a que no fueron puestos a disposición de la justicia.
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El fiscal Segovia detalló que debido a la cantidad de impuntados y la complejidad de la investigación, solicitó prórroga extraordinaria, la cual le fue otorgadora por el Tribunal de Apelaciones mediante el AI N° 371 del 20 de diciembre de 2023. Sin embargo, esta petición incluyó un “error material” consistente en la inclusión de los 41 imputados y no solo a los 24 procesados.
En este sentido, Segovia apuntó a que “en el propio requerimiento de prórroga extraordinaria presentado, al consignar los datos de los imputados, se ha individualizado cuáles imputados se encontraban en estado de rebeldía”. Así, expuso que 41 personas están imputadas, 23 sometidas al proceso, 12 en rebeldía, 4 que litigan desde la clandestinidad y uno que no está sometido al proceso penal.
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Habría nulidad si Fiscalía acusaba a los 41 investigados
Señala en otro momento el agente fiscal que, el recusante hizo mención al AI N° 17 del 1 de febrero de 2023 de la Corte, relacionado a un recurso de casación en la causa “Carlos Oleñik Memmel s/ estafa”. En ese contexto, Duarte buscó hacer suyo el argumento de los ministros, sobre que “el estado de rebeldía no suspenderá la investigación, salvo en lo que se refiere a resoluciones que pongan fin al proceso”.
En ese caso, según se describe en el escrito, la Corte consideró que el Ministerio Público debió presentar su requerimiento a pesar de que el incoado se encontraba entonces en rebeldía, porque ello afectaba la etapa investigativa.
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Sobre este aspecto, el fiscal subrayó que el recusante omitió que Oleñik sí se sometió inicialmente al proceso, habiéndose presentado a su indagatoria y a su audiencia de imposición de medidas ante el juez, que tras tener conocimiento de la imputación dio por iniciado el proceso penal.
Esa situación difiere totalmente en comparación con la de los imputados y no sometidos a la justicia en el caso Pavo Real Py, ya que no tuvieron oportunidad de ejercer su defensa, ni de participar en la audiencia de imposición de medidas, y por sobre todo, el juez no dio por iniciado el proceso contra ellos, por lo que, sostiene Osmar Segovia, resulta “inviable” presentar un requerimiento conclusivo contra ellos.
“El argumento del recusante resulta inclusive perjudicial para las pretensiones de cualquier defensa e implicaría una grave vulneración de los derechos procesales establecidos en la Constitución”, alegó Segovia. Añadió que, “se hubiese tratado de nulidad absoluta, por afectar directamente a la intervención, asistencia y representación del imputado”.
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Fiscales también fueron denunciados ante el JEM
El abogado Alfredo Duarte Montiel denunció ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) a los agentes fiscales de la Unidad Especializada Contra el Crimen Organizado por mal desempeño en sus funciones y presunta negligencia en la investigación del caso Pavo Real.
De acuerdo al escrito de denuncia presentado digitalmente los fiscales Osmar Segovia, Fabiola Molas, Ingrid Cubilla y Elva Cáceres, todos de la Unidad Especializada Contra el Narcotráfico y Crimen Organizado, incurrieron en los hechos de mal desempeño de funciones al inobservar los plazos procesales y dejar de presentar requerimiento conclusivo con respecto a varios de los imputados en la fecha fijada y que dicha omisión podría llevar a la extinción de la acción penal contra los presuntos integrantes clave que el Ministerio Público denomina como organización criminal.