Juez ratifica preliminar de procesados por supuesto desvío millonario en Essap

El juez de Garantías José Agustín Delmás rechazó la excepción de inconstitucionalidad planteada por varias defensas y reprogramó para fines de julio la audiencia preliminar para el extitular de Essap Ludovico Sarubbi y otros 34 procesados por el supuesto desvío de más de G. 17.000 millones, entre los años 2015 y 2016. La Corte Suprema de Justicia ordenó estudiar el sobreseimiento provisional solicitado por la fiscalía adjunta.

Omar Ludovico Sarubbi (der.), ex titular de la Essap; Virgilio Riveros y Juan López, tres de los procesados por el supuesto perjuicio patrimonial de G. 17.000 millones al ente estatal.gentileza
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Por su total improcedencia, el juez de Garantías José Agustín Delmás resolvió no dar trámite a la excepción de inconstitucionalidad interpuesta por las defensas del extitular de la Essap Omar Ludovico Sarubbi y otros procesados por el presunto perjuicio de G. 17.590.301.286 al ente estatal, entre los años 2015 y 2016, y reprogramó para el 31 de julio, a las 07:30, la audiencia preliminar de la causa.

La excepción de inconstitucionalidad fue planteada contra la providencia del 29 de mayo de 2024, por la cual el juzgado programó para este viernes 18 de junio la audiencia preliminar; y el requerimiento conclusivo N° 1.419 del 13 de julio de 2021, mediante el cual la fiscal adjunta de Delitos Económicos Soledad Machuca solicitó el sobreseimiento provisional para 35 procesados en la presente causa.

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Normalmente los jueces de Garantías dar trámite a las excepciones de inconstitucionalidad planteadas por las partes, sin embargo, en atención a lo dispuesto por la propia Corte Suprema de Justicia (CSJ), que los magistrados deben realizar el control de convencionalidad, Delmás resolvió no dar trámite a la garantía constitucional promovida; y reprogramó la diligencia.

“Ante el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 538 del Código Procesal Civil y ante el evidente error en la vía de impugnación, no le resta más a esta magistratura frente la improponibilidad de las pretensiones formuladas por las partes, que denegar la tramitación solicitada por su total improcedencia”, resalta parte de la resolución.

Dr. José Agustín Delmás Aguiar, juez penal de Garantías.

Auditoría detectó millonaria “tragada” en Essap

La investigación fiscal comenzó a raíz de una supuesta tragada de G. 17.590.301.286 que había detectado una auditoría del Poder Ejecutivo durante la gestión de Sarubbi, entre 2015 y 2016. El hecho se habría perpetrado a través de órdenes de pago y cheques para la adquisición de productos y servicios, en carácter de anticipos de fondos a rendir, cuyos montos superaban el límite y además carecían de contraprestación.

De acuerdo al informe de la Auditoría Especial del Poder Ejecutivo, se detectó que en el año 2015 la Essap realizó compras por G. 16.928 millones, sin cumplir la Reglamentación de Fondos a Rendir.

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La fiscal Victoria Acuña había imputado a Sarubbi y otros 34 funcionarios de la Essap, ante la existencia de indicios suficientes de la implicancia de los mismos en el millonario perjuicio. Sin embargo, al momento de presentar su requerimiento conclusivo, la agente decidió no acusar y solicitó el sobreseimiento definitivo para lo cual alegó que no tiene más diligencias que hacer para colectar elementos de prueba.

En diciembre de 2019, el juez de Garantías Raúl Florentín dio trámite de oposición al pedido de sobreseimiento definitivo y remitió el expediente a la Fiscalía General del Estado para que ratifique o rectifique el planteamiento de la agente fiscal del caso. La resolución fue apelada por la defensa, la Cámara de Apelaciones anuló la decisión y remitió el expediente al Juzgado a cargo de la jueza Cynthia Lovera.

Fiscala adjunta recomendó sobreseimiento provisional

En la nueva audiencia preliminar la jueza de Garantía Cynthia Lovera imprimió trámite de oposición a la solicitud de la agente del Ministerio Público, y remitió el expediente a la Fiscalía General del Estado para que, en atención a lo establecido en el artículo 358 del Código Procesal Penal, ratifique la postura de la agente inferior o presente acusación.

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Sin embargo, mediante el Dictamen 1.419 del 13 de julio del año 2021 la fiscal adjunta Soledad Machuca solicitó el sobreseimiento provisional de los 35 procesados en la causa, por lo que la magistrada del caso entendió que esa tercera vía no corresponde y, en consecuencia, ordenó el sobreseimiento definitivo de todos los encausados.

La decisión fue confirmada por la Cámara de Apelaciones, pero en marzo de este año la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con los votos de los ministros Manuel Dejesús Ramírez Candia y César Antonio Garay Zuccolillo, resolvió anular el Auto Interlocutorio (A.I) N° 1.126 del 17 de noviembre de 2021, dictado por la jueza de Garantías Cynthia Lovera; y el A.I 239 del 24 de junio de 2022, mediante el cual el Tribunal de Apelaciones había confirmado el fallo de primera instancia.

El expediente fue remitido nuevamente al juzgado de Garantías y el magistrado José Agustín Delmás, quien salió sorteado para entender en la causa, convocó la audiencia preliminar para estudiar el pedido de sobreseimiento provisional.

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