Caso Metrobus: Tribunal confirma admisión de pericias al expediente judicial

Un Tribunal de Apelación en lo Penal ratificó la resolución del juez Humberto Otazú, quien en mayo último, admitió los informes periciales vinculados a la investigación del fallido proyecto del metrobus. La defensa de los acusados, entre ellos el exministro de Obras Ramón Jiménez Gaona, había incidentado al considerar que la Fiscalía agregó dichos elementos en forma extemporánea. Con esto hay vía libre para que se fije nueva fecha para la audiencia preliminar.

Ramón Jiménez Gaona, exministro de Obras Públicas y Comunicaciones, procesado por lesión de confianza.ABC Color
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El Tribunal de Apelación Penal, conformado por los magistrados Digno Arnaldo Fleitas Ortiz, Arnulfo Arias Maldonado y Bibiana Teresita Benítez Faría, a través de su AI N° 136 confirmaron el AI N° 128 del juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú, a través del cual rechazaba el recurso de reposición de la defensa de los acusados en el caso metrobus, entre ellos el extitular del MOPC Ramón Milciades Jiménez Gaona.

Los abogados Tarek Tuma y Alcides Cáceres, quienes ejercen la defensa de los acusados por lesión de confianza Ramón Jiménez Gaona, Marta Benítez Morínigo y Guillermo Alcaraz, habían presentado un recurso de reposición contra la providencia del 9 de mayo último, por la que el juez Otazú admitía y agregaba los informes periciales del Ministerio Público.

La defensa señaló como agravio que la fiscala María Estefanía González agregó dichos elementos en mayo, siendo que ya fue en forma extemporánea, pues el plazo era solo hasta el 11 de abril. Sin embargo el juez Otazú, en su AI N° 128, consideró el análisis sobre las pruebas se debe hacer en la audiencia preliminar, por lo que rechazó la reposición y elevó los antecedentes a la Cámara de Apelación en forma subsidiaria para su análisis.

Por su parte y si bien declararon la admisibilidad del recurso de reposición y apelación de la defensa, los integrantes Tribunal de Apelación confirmaron el AI N° 128 del juez Humberto Otazú, al considerar los tres camaristas que el agravio señalado por la defensa se debe estudiar en la instancia de la audiencia preliminar.

Con esta medida, hay via libre para que el juez Humberto Otazú pueda fijar una nueva fecha para realizar la audiencia preliminar. En esta instancia, el magistrado debe resolver si Jiménez Gaona y los otros dos coacusados afrontarán o no juicio oral y público.

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Fiscalía dijo que agregará elementos en la preliminar

La fiscala María Estefania González, al contestar el traslado del juez Humberto Otazú sobre la reposición de la defensa de Jiménez Gaona y los dos coacusados, había señalado que acusó en la fecha fijada por el juzgado, es decir, el 11 de abril de 2024, ofreciendo pruebas a ser producidas en la etapa de juicio, entre las que figura la pericia contable.

González había aclarado en su requerimiento conclusivo que dicha diligencia será agregada en la audiencia preliminar, pues al momento de la acusación, la misma seguía llevándose a cabo en Laboratorio Forense.

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La agente del Ministerio Público contestó que sí cumplió con lo establecido en el artículo 347 del CPP, el cual “en el último párrafo aclara que con la acusación se remitirá las actuaciones y las evidencias que el Ministerio Público tenga en su poder, es decir, abre la posibilidad igualmente sobre la existencia de elementos ofrecidos y que al momento de la presentación no esté en posesión inmediata”.

Además, la pericia contable cuestionada en su presentación por la defensa de los acusados, “se trata de una prueba específica de la cual han tenido conocimiento y que fue mencionada en la acusación para su agregación en la audiencia preliminar”, sostuvo.

El Estado sufrió un perjuicio de US$ 25 millones con el fallido metrobús, según la fiscalía.

Acusación por metrobús

La fiscalía puntualiza en la acusación que durante la gestión de Ramón Jiménez Gaona como ministro de Obras Públicas y Comunicaciones (2013-2018) el Estado desembolsó dinero por obras que no cumplieron las especificaciones técnicas y no sirven para la finalidad del proyecto conocido como metrobús.

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La fiscala María Estefanía González resalta que el daño patrimonial ocasionado al Estado paraguayo es por la suma de G. 180.030.528.699 (cerca de 25 millones de dólares al cambio actual) por el pago de un total de 29 certificados de obras a favor de Mota-Engil Ingeniería y Construcción SA, teniendo en cuenta que por dicha suma terminó recibiendo una obra inconclusa e inviable a consecuencia de las conductas de los ahora acusados.

Sobre Guillermo Alcaraz Reisinger, la acusación fiscal resalta que su desprolijidad en la gerencia del proyecto significó una serie de irregularidades que causaron la no conclusión de las obras y el perjuicio al Estado.

Con respecto a Marta Benítez Morínigo, la fiscalía resalta que firmó la modificación del contrato original con Mota-Engil por el cual se aumentó el convenio en G. 103.483.670.390, causando daño al patrimonio del MOPC con la fallida obra.

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Embargo por G. 109.000 millones

En abril de 2023, el juez Humberto Otazú dispuso el embargo preventivo por poco más de G. 36.000 millones sobre las cuentas de cada uno de los acusados por lesión de confianza, que totalizan más de G. 109.000 millones.

La Fiscalía solicitó este bloqueo de los bienes pensando en que el Estado pueda recuperar al menos parte del dinero que perdió el metrobús.

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