El abogado José Casañas Levi aseguró que no le corresponde a la Policía Nacional detener a una pareja que tiene sexo en el interior de su vehículo; sin embargo, el procedimiento correcto es detener el acto, o hasta labrar un acta y comunicar a Fiscalía por actos exhibicionistas.
“Pueden labrar un acta y comunicar a la Fiscalía por actos exhibicionistas. No corresponde detenerlos. Basta con que la Policía interrumpa la conducta por alteración del orden público, porque es en la vía pública. Se aplica o Ley 222 Orgánica Policial y el Código Civil”, dijo el penalista experto.
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Además, la Constitución Nacional garantiza la intimidad de las personas en el ámbito privado, es decir, lo que pasa dentro de la casa queda fuera de la autoridad pública, según comentó.
Sexo en el auto: corresponden sanción administrativa
Explicó que si bien el acto se puede dar dentro de un vehículo, un bien privado, la situación varía, ya que el hecho ocurre en la vía pública, lo que da la jurisdicción a la Policía Nacional para intervenir debido a la posible alteración del orden público.
Agregó que el exhibicionismo se establece en el Código Penal como un acto que puede ofender el pudor del otro, por lo que está prohibido y representa un delito; sin embargo, para configurar eso una persona debe hacerlo con intención, es decir, dicha intención debe ser comprobable, como en los casos donde un sátiro exhibe su miembro desde su vehículo.
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“En Paraguay nos falta un código de convivencia que regule estas conductas que afectan el orden público. Es un ámbito administrativo sancionatorio que se encarga de estas conductas”, dijo sobre la falta de normas y leyes que establezcan estas sanciones.