Juez se opone a sobreseimiento definitivo de exjueza Tania Irún

El juez de Garantías Yoan Paul López se opuso al sobreseimiento definitivo de la exjueza Tania Carolina Irún Ayala, del proceso penal por presunto prevaricato en la entrega de 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en la zona de seguridad fronteriza, en el Chaco. El caso queda ahora a cargo de la Fiscalía General del Estado.

Audiencia preliminar de la exjueza Tania Irún (de amarillo) ante el juez de Garantías Yoan Paul López.gentileza
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El juzgado de Garantías imprimió el trámite previsto en el artículo 358 del Código Procesal Penal al pedido de la fiscalía Natalia Fúster que solicitó el sobreseimiento definitivo para la exjueza en lo Civil y Comercial de la Capital Tania Carolina Irún Ayala, de la causa por la supuesta comisión del hecho punible de prevaricato.

La solicitud para que la exmagistrada sea sobreseída definitivamente del proceso fue presentada el pasado 4 de abril por la fiscala interina Verónica Valdez, designada ante la recusación contra la agente Natalia Fúster, que fue presentada por la defensa de la exjueza Tania Irún.

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En la audiencia preliminar realizada esta mañana, Fúster ratificó el pedido de su colega y el querellante Abg. Osvaldo Bittar, se ratificó en su acusación y pedido de juicio oral, alegando que la magistrada violó la Ley 2532 de Seguridad Fronteriza, al entregar más de 310.000 hectáreas de tierras ubicadas en el Chaco a empresas que serían de maletín, según indicó.

Ahora el caso queda en manos del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, quien tiene un plazo de 10 días hábiles para resolver si ratifica el pedido de la fiscala de Delitos Económicos y Anticorrupción Natalia Fúster, o si presenta acusación y pedido de juicio oral para Tania Irún.

Pedido sobre Tania Irún es incongruente, según juez

El juez Yoan Paul López fundamentó que el pedido de sobreseimiento definitivo tiene incongruencias, ya que primero invoca el inciso 2° del artículo 359 del Código Procesal Penal, que habla de la falta de certeza sobre el hecho; pero luego señala el inciso 1° del mismo cuerpo legal, que hace referencia a la inexistencia del hecho.

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“Primeramente la fiscalía argumenta falta de certeza e imposibilidad de incorporar nuevos elementos de pruebas, pero por otra parte señala que no se reúnen los presupuestos de la punibilidad. O es falta de certeza o hay certeza que el hecho no se cometió, son dos cosas totalmente distintas”, argumentó el magistrado.

López insistió en que el pedido de sobreseimiento definitivo, ratificado en la audiencia preliminar por la fiscala Natalia Fúster, tiene dos aristas contrapuestas, por lo que resolvió remitir el expediente a la Fiscalía General del Estado, a fin de realizar un control minucioso de la teoría del caso.

Antecedentes del presunto prevaricato

El 31 de enero de 2022 se produjo la imputación con el acompañamiento de la querella adhesiva en contra de la abogada y hoy exmagistrada Tania Carolina Rosa Irún Ayala, por el hecho punible de prevaricato. Sin embargo, en la audiencia preliminar la imputada fue beneficiada con el sobreseimiento provisional el 4 de abril de 2023.

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La denuncia penal fue realizada el 8 de junio de 2020 por el Sr. Evaristo Fernández, bajo patrocinio de abogado en su carácter de feligrés de la Asociación Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, cuando la entonces magistrada Ayala Irún se desempeñaba como jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del décimo quinto turno de la ciudad de Asunción, por el hecho punible de prevaricato.

La agente fiscal adjunta de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, María Soledad Machuca Vidal, dispuso la asignación de la agente fiscal de la Unidad Especializada en Delitos Económicos (UDEA) Natalia Fúster Careaga, de la Unidad 3, en fecha 29 de junio de 2020.

La abogada Tania Carolina Rosa Irún Ayala fue removida del cargo de jueza por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) de acuerdo a la Sentencia Definitiva (SD) Nº 37/21 de fecha 9 de noviembre de 2021, por haber dictado la SD Nº 494 del 23 de noviembre de 2018, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited c/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial s/ cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”.

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