En la sesión de este jueves 9 de mayo, con los votos cartistas del abogado Enrique Berni, el senador Derlis Maidana y el diputado Alejandro Aguilera, dejaron claras sus posturas de no admitir la investigación preliminar contra el juez en lo Civil y Comercial del 7° turno, Abg. Édgar Agustín Rivas Laguardia. La posición fue tomada al analizar la denuncia de serias irregularidades del abogado Miguel Saguier Abente, representante legal de la firma afectada por la resolución judicial, a quien pidieron que promueva la acusación de mal desempeño si es que se siente agraviado por la sentencia condenatoria.
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Cartistas se oponen a investigar a juez
La posición asumida por Berni, Maidana y Aguilera ya constituye una clara preopinión de oponerse a abrir una investigación al juez Rivas Laguardia, porque aún no era el momento de expedirse sobre el pedido del ministro Manuel Ramírez Candia, quien solicitó que se estudie si correspondía el inicio de una investigación preliminar o el enjuiciamiento de oficio, en su caso, que debe hacerse en otra oportunidad.
Sin embargo, los votos en mayoría fueron para que el dictamen de la Dirección Jurídica del Jurado, sobre la posible apertura de investigación o enjuiciamiento, se analice en otro momento porque se aguardará lo que se decida en la apelación del fallo cuestionado, por lo que la sentencia no se encuentra firme.
La posición de esta mayoría fue de los ministros de la Corte Manuel Ramírez Candia y César Antonio Garay, el senador Mario Varela y la presidenta del JEM, Alicia Pucheta.
El ministro Ramírez Candia cuestionó en la sesión que la nota de denuncia de irregularidades del abogado Miguel Saguier Abente contra el juez Rivas Laguardia, el Jurado debió emitir una providencia que diga que se analizará en el momento que corresponda, para evitar un innecesario confuso debate que duró varios minutos.
Estuvo ausente en la sesión de este jueves el diputado colorado cartista Orlando Arévalo Zielanko.
Pidió análisis del expediente civil de indemnización
El 7 de marzo de 2014 el ministro de la Corte Ramírez Candia había solicitado a la presidenta del JEM, Alicia Pucheta, que se traiga a la vista el expediente civil caratulado “Atilio Manuel Reguera c/ Electrolux do Brasil s/ indemnización de daños y perjuicios s/ responsabilidad contractual”. Expediente N° 337 , año 2019, para que analice si amerita el inicio de la investigación preliminar o el enjuiciamiento de oficio.
Antecedentes de la millonaria condena
El juez en lo Civil y Comercial Abg. Édgar Agustín Rivas Laguardia condenó a la firma Electrolux Do Brasil a pagar a Atilio Manuel Reguera, propietario de AM Reguera Import Export, la suma de US$ 29.327.050, en la demanda de indemnización de daños y perjuicios que había promovido.
En su fallo, el magistrado también ordenó el pago de otros G. 12.047.828.656, por la adquisición de productos Electrolux, que se encuentran actualmente en stock.
La sentencia condenatoria también estableció un interés mensual de 0,7% en dólares y 2,5% en guaraníes, a partir del 26 de noviembre de 2018, con lo cual el monto ascendería a US$ 45 millones.
Rivas Laguardia estableció en su sentencia que se dio una modificación unilateral del contrato de distribución por parte de Electrolux, al violar la exclusividad que tenía AM Reguera para esta marca de productos. “Esto le obliga a la primera a abonar una indemnización tasada en virtud de los parámetros expuestos más arriba, así como comprar los productos de la marca Electrolux que se encuentran en stock”, sostuvo el juez en la sentencia objetada.
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Cuestionamientos al juez Rivas Laguardia
El abogado Miguel Saguier Abente, en representación de Electrolux, presentó al Jurado el 2 de mayo de 2024, una serie de irregularidades, que no fueron admitidas por la negativa de los miembros cartistas ya mencionados.
- La denuncia alega que el juez violó las normas procesales al incumplir con su obligación de determinar si las pruebas son admisibles conforme a las reglas del Código Procesal Civil.
- El Juzgado ha dispensado a Reguera de la obligación de presentar prueba documental de la que intentaba valerse, concretamente con relación a las más de 10.000 facturas de venta correspondientes a los años 2016, 2017 y 2018, ofrecidas.
- Electrolux objetó la dispensa de presentación planteada por Reguera, explicando que el art. 219 del Código Procesal Civil (CPC) prevé expresamente la obligación de presentar toda la prueba documental de que se dispone junto con la demanda.
- El art. 108 del CPC, invocado por Reguera, no era aplicable porque esta regla se ocupa taxativamente de la exoneración de presentar las copias para traslado que acompañen las notificaciones. Argumentó también que el art. 104 del CPC prohíbe a las partes y al juez darse un procedimiento distinto al establecido en las leyes.
- Asimismo, se hizo notar al juzgado que dicha dispensa atentaba contra las garantías procesales del debido proceso porque impedía un control efectivo sobre las pruebas, sea por las partes como por el Juzgado.
- La pericia contable ordenada se practicó sobre documentos que ni siquiera fueron ofrecidos como prueba por las partes y violando la orden expresa del Juzgado de tomar como base solamente los documentos que obraban en el expediente. No obstante, fue tomada como válida.
Juez Rivas Laguardia, investigado por multimillonaria regulación
Por unanimidad en la sesión del martes 27 de setiembre de 2022, los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvieron iniciar una investigación preliminar a la gestión del juez en lo civil y comercial Édgar Rivas Laguardia, quien ordenó el embargo de bienes de Darío Messer hasta cubrir la suma de US$ 4 millones en concepto de regulación de honorarios para los abogados Rodrigo Galeano Delgadillo y Leticia Bóbeda.
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El ministro de la Corte Manuel Dejesús Ramírez Candia solicitó al pleno del JEM traer a la vista el expediente de regulación de honorarios que es tramitado ante el juez Rivas Laguardia, ya que el monto embargado es muy llamativo, para iniciar una investigación preliminar de oficio. Al pedido de Ramírez Candia se adhirieron los entonces miembros del Jurado Mónica Seifart de Martínez, los diputados Rodrigo Blanco y Hernán Rivas, el ministro de la Corte César Manuel Diesel y del entonces titular del JEM, Jorge Bogarín Alfonso.
No habían participado de la sesión ordinaria los senadores Fernando Silva Facetti y Enrique Fausto Bacchetta.