Cuestionan demanda para frenar la intervención de BCP a Caja Bancaria

Afiliados de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados de Bancos y Afines cuestionaron a los directivos que tienen mandato vencido por plantear una demanda, sin tener legitimidad, para anular la resolución del BCP que dispuso la intervención de esta institución. Alegan que el TSJE inhabilitó al presidente de la Caja José Antonio Caballero Bobadilla, para postularse para un nuevo periodo.

Xavier Alberto Hamuy Campos Cervera, Ángel Chamorro Ortíz, José Antonio Caballero Bobadilla y Miguel Oro Domínguez, directivos de la Caja Bancaria con mandato vencido decretado judicialmente.gentileza
audima

El Lic. Abel Florentín, presidente del gremio de Afiliados Bancarios Organizados (ABO) y miembro jubilado de la Caja de Jubilaciones de Empleados de Bancos, cuestionó que los miembros de la mesa directiva que tienen mandato vencido a partir del 31 de diciembre de 2023, José Antonio Caballero Bobadilla, Xavier Alberto Hamuy Campos y Angel Ramón Chamorro Ortíz, hayan promovido una acción ante el Tribunal Contencioso Administrativo, 2° Sala, para dejar sin efecto la Resolución N° 1 del 4 de enero de 2024, dictada por el Banco Central del Paraguay (BCP), por la cual dispuso la intervención de la Caja Bancaria.

Florentín recuerda que Caballero Bobadilla, Hamuy Campos y Chamorro Ortíz, están procesados por el Ministerio Público en una causa penal por lesión de confianza por una supuesta ‘megatragada’ de 2,5 billones de guaraníes que se sigue tramitando en el ámbito de la justicia.

El titular de gremio bancario también dice que los accionantes obviaron mencionar el Acuerdo y Sentencia N° 44/2023 emanado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) en el cual se dispone claramente y de forma taxativa que el vencimiento del segundo periodo del ejercicio en el cargo de los miembros del Consejo de Administración de la Caja Bancaria, ha fenecido el 31 de diciembre de 2023.

Lic. Abel Florentín (der.), titular del gremio Afiliados Bancarios Organizados (ABO).

A pesar de la prohibición judicial emanada del TSJE, los miembros del Consejo de Administración, que tienen mandato vencido, pretenden volver a ocupar sus cargos, especialmente, ignoran la inhabilitación expresa del que fuera presidente de la Caja Bancaria José Antonio Caballero Bobadilla.

El Lic. Florentín asimismo asegura que los miembros de la mesa directiva, ya no tienen la legitimación activa para promover la demanda ante el Tribunal Contencioso Administrativo porque sus mandatos se encuentran vencidos, y que fueron ratificados por la Justicia Electoral.

El presidente de Afiliados Bancarios asimismo cuestionó al Tribunal Electoral Independiente (TEI) de la Caja Bancaria, porque con una inusitada lentitud aún no da a publicidad la nómina de candidatos habilitados y que fijen la nueva fecha para elecciones de la institución.

Medida cautelar para suspender efectos

El 8 de enero de 2024, los actuales directivos de la Caja Bancaria que tienen mandato vencido, José Antonio Caballero Bobadilla (en carácter de Presidente) y los miembros Xavier Alberto Hamuy Campos (representante de Entidades Patronales) y Ángel Ramón Chamorro Ortiz (representante de Jubilados y Pensionados), accionaron contra la Resolución N° 1 del 3 de enero de 2024 emanada por el BCP, por la cual dispuso la intervención a la Caja.

El mismo día de la presentación de la demanda, la jueza María Celeste Jara Talavera, miembro del Tribunal Contencioso Administrativo, 2° Sala, ofició al presidente del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Carvallo Spalding, sobre la demanda promovida por tres directivos que tienen mandato vencido para que conteste sobre la medida cautelar solicitada por esta entidad, para suspender los efectos de la Resolución N° 1/2024 del 3 de enero del BCP, por la cual dispuso la intervención a la Caja.

El Banco Central recibió el oficio del Tribunal Contencioso para contestar sobre la medida cautelar, el martes 9 de enero, y los 5 días hábiles de plazo se cumplen, con el periodo de gracia, el miércoles 17 de enero, a las 9:00.

Lo que dispuso el BCP para intervenir la Caja Bancaria

Una de las tantas protestas de los jubilados, frente a la sede social de la Caja Bancaria. (gentileza).

Por medio de la Resolución N° 1/2024, el Directorio de BCP resolvió lo siguiente:

1. Disponer la Intervención de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados de Bancos y A fines (CJPEBA), por la causal establecida en el art. 70°, numeral 1, de la Ley 2856/2006, hasta tanto asuman las nuevas autoridades del Consejo, dentro del plazo establecido en el Art. 70, numeral 3 del mismo cuerpo legal.

2. Disponer que la administración de la entidad intervenida por el artículo precedente sea asumida por los interventores designados por la Superintendencia de Bancos ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados de Bancos y Afines (CJPEBA), pudiendo realizar los siguientes actos de administración y conservación:

· a) Percibir las contribuciones y aportes obligatorios establecidos en la Ley N° 2856/2006;

· b) Abonar las jubilaciones, pensiones y otros beneficios jubilatorios;

· c) Cobrar las cuotas de amortización de capital e intereses, comisiones y otros, de los préstamos otorgados por la CJPEBA;

· d) Conceder jubilaciones, pensiones y otros beneficios jubilatorios, con base en los requisitos y condiciones establecidos en la Ley N° 2856/2006;

· e) Preservar físicamente los bienes y las documentaciones de la entidad, tomando las medidas de seguridad y conservación apropiadas, entre ellas, proceder al cobro de los créditos y pagos de gastos judiciales, gastos de mantenimiento, seguro y pago de alquileres de locales indispensables para el giro bajo las actuales circunstancias;

· f) Proveer información a la Superintendencia de Bancos y al Directorio del Banco Central del Paraguay,

Objeción de consejeros en la demanda contra el BCP

Los accionantes ante el Tribunal de Cuentas aseguran que la Resolución N° 1/2024 afecta a los Consejeros, porque como consecuencia de la intervención, aquellos han sido removidos fácticamente en fecha 04 de enero de 2024 del Consejo de Administración, y los interventores han prohibido, incluso, que los Consejeros puedan ingresar a la institución, lo cual constituye un abuso de las atribuciones conferidas por el Directorio del BCP, indicaron.

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