El 6 de diciembre último se debió realizar el juicio oral y público a la extesorera de la Municipalidad de Encarnación, Lourdes Ortellado, destituida del cargo y denunciada ante el Ministerio Público en octubre del 2019 luego de que un corte administrativo detectara un faltante de unos G. 79 millones.
El juicio, sin embargo, no se pudo llevar a cabo porque la procesada recusó al Tribunal de Sentencia. Lo llamativo del caso es que la procesada se encuentra en estado de rebeldía y desde la clandestinidad recusó al Tribunal, dijo el abogado Luis Troche, asesor de la Comuna en esta causa.
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Agregó que lo más grave es que estando en rebeldía un Tribunal de Apelaciones, integrado por los camaristas Víctor Vega González, Cristino Yeza Araújo y Zulma Luna, con el voto en contrario de esta última, le conceden el levantamiento de su condición de rebeldía decretada por el Tribunal de Sentencia tras varias incomparecencias a juicio.
“Ojalá que la Corte Suprema de Justicia se entere de esta aberración jurídica en que un procesado, estando prófugo de la justicia, recusa a un Tribunal, y que tomen nota de la vergonzosa actuación de los camaristas Víctor Vega González y Cristino Yeza”, apuntó.
Por Auto Interlocutorio (A.I.) número 177/2023 el Tribunal de Apelaciones, Segunda Sala revocó una decisión de un Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Deyanira Villalba, Gustavo Arzamendia y Eva Silva, que declaraba la rebeldía de la procesada Lourdes Ortellado, y disponía que la misma fuera llevada por la fuerza pública ante el tribunal juzgador.
Todo está preparado para la impunidad, para la prescripción de la causa, se quejó el abogado de la Municipalidad, quien cuestionó la facilidad con que se puede disponer del dinero público en forma ilegal, y la dificultad de la persecución penal de los autores debido a intereses políticos dentro del sistema legal.
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Cronología de una “chuleada” a la justicia
Desde la elevación de la causa a juicio oral, ocurrido en junio de 2021, se llevan nueve suspensiones del inicio del juicio oral y público, por acciones promovidas por la imputada, mediante diversas estrategias, desde cambiar de abogado días antes de la fecha marcada para la comparecencia, hasta la presentación de certificados médicos.
En septiembre de este año, tras la octava suspensión, el Tribunal de Sentencia resolvió, por A.I. número 249/2023/T.S.08, de fecha 21 de septiembre de 2023, declarar la rebeldía de la acusada.
Esta medida, sin embargo, fue apelada por la defensa de Ortellado, a cargo del abogado Rolando Aquino. Un Tribunal de Apelaciones hizo lugar al pedido anulando la resolución que declara rebelde a la procesada.
Una “hoja de ruta” seguida por la defensa de la acusada fue descrita por la integrante del Tribunal de Apelaciones, Zulma Luna, y está contenida en la Resolución 177/2023, por el cual en mayoría el Tribunal de Alzada hace lugar al pedido de la defensa.
-Proveído que señala audiencia para el 28 de noviembre de 2022.
*El 23 de noviembre renuncia al mandato de la defensa el abogado Ramón Ariel Lezcano.
-Proveído que señala audiencia para el 10 de febrero de 2023.
*Dos días antes, el 8 de febrero de 2023, se presenta la abogada Estela Mary Escobar a tomar intervención y solicita suspensión de la audiencia.
-Nueva fecha de audiencia fijada para el 29 de mayo de 2023.
*El 25 de mayo renuncia al mandato de la defensa técnica la abogada Estela Mary Escobar, nueva suspensión.
-Proveído que señala audiencia para el 15 de junio de 2023.
*El 14 de junio, un día antes, se presente el abogado Rogelio Ríos en representación de la acusada y pide suspensión de la audiencia de juicio oral.
-Nueva fijación de audiencia para el 28 de junio.
*En fecha 22 de junio se presenta nuevamente el abogado Rogelio Ríos, y recusa con causa a los jueces de sentencia Gustavo Arzamendia y Eva Silva.
-Por proveído de fecha 29 de junio de 2023, se señala nueva fecha de audiencia para el 10 de agosto de 2023.
*En fecha nueve de agosto el abogado Rogelio Ríos interpone recurso de apelación contra el proveído de fecha 29 de junio.
*En fecha 10 de agosto se presenta el abogado Rogelio Ríos y presenta un certificado médico para justificar la incomparecencia de su cliente, y solicita la suspensión de la audiencia de juicio oral fijada para esa fecha.
-En fecha 10 de agosto de 2023 se da inicio al juicio oral y público con la presencia de las partes, y la incomparecencia de la acusada. A pedido de la querella el Tribunal de Sentencia resuelve que el médico forense se constituya en el domicilio de la procesada a efectos de constatar el estado de salud.
-Proveído que fija nueva audiencia para el 21 de septiembre de 2023.
*En fecha 20 de septiembre se presenta nuevamente el abogado Rogelio Ríos y solicita suspensión de la audiencia señalada para el 21 de septiembre por razones de salud de su defendida.
-En fecha 21 de septiembre se lleva a cabo el juicio con la presencia de las partes y la inasistencia de la acusada. El Tribunal dicta resolución que declara rebelde la procesada, mediante A.I. 249/2023/T.S.08, que también fue apelada, y la petición concedida por el Tribunal de Apelaciones Segunda sala.