La campaña “Tu aguinaldo, tu derecho”, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), abarca la difusión de mensajes útiles relacionados con el aguinaldo, que se debe abonar antes del 31 de diciembre, conforme lo establece el artículo 243 del Código Laboral.
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Cómo calcular el aguinaldo
- Sumar los ingresos durante el año en concepto de salarios, horas extras, comisiones y otros.
- El monto total se divide por 12 meses.
- Se excluyen del cálculo del aguinaldo la bonificación familiar y el permiso por maternidad.
También se puede recurrir a la calculadora de aguinaldos en la página web del Ministerio de Trabajo ingresando a www.mtess.gov.py .
El aguinaldo es inembargable
Según el artículo 245 del Código Laboral, el aguinaldo es inembargable, es decir, no se puede descontar bajo ningún concepto.
En el caso de que la empresa incumpla la obligación del pago del aguinaldo, la persona afectada puede hacer su denuncia, a partir del próximo 2 de enero, en forma presencial en la sede del Ministerio de Trabajo, situada en Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción, así como en las oficinas regionales del interior del país.
Asimismo, es posible realizar una denuncia anónima llamando a la central telefónica del MTESS, (021) 729 0100.
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Denuncias recibidas en el 2022
El MTESS recibió 147 denuncias contra 81 empresas por la falta de pago del aguinaldo, de las cuales 35 se pusieron al día con sus trabajadores luego de la mediación realizada por funcionarios.
También fueron fiscalizadas 22 empresas luego de que sus representantes no comparecieran y en el resto de las denuncias hubo desistimiento.
Gracias a las denuncias realizadas se registró la remuneración de G. 65,2 millones a favor de los trabajadores afectados.