Patrulla Caminera: orden de no realizar alcotest sin Policía y Fiscalía es “momentánea”

El director de la Patrulla Caminera afirmó que la disposición del Ministerio de Obras de no realizar alcotest en ruta sin presencia fiscal-policial es una medida temporal, adoptada mientras se busca un mejor mecanismo de trabajo.

Una agente de la Patrulla Caminera realiza el alcotest a un automovilista.
audima

En comunicación con ABC Cardinal este martes, Ugo González, director de la Patrulla Caminera, indicó que la disposición del Ministerio de Obras Públicas de que se realice el alcotest en ruta solo con presencia de personal de la Policía Nacional y del Ministerio Público es algo “momentáneo”.

Ayer, el Ministerio de Obras dispuso que los controles aleatorios en ruta para determinar si conductores han ingerido alcohol antes de manejar solo se realicen con apoyo y presencia fiscal y policial, con el objetivo de transparentar las operaciones.

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González comentó que hasta ahora se trabajaba con la Fiscalía en base a órdenes “verbales” que podían darse por vía telefónica.

“Las instrucciones de la ministra (de Obras, Claudia Centurión) son buscar un mejor mecanismo”, indicó.

Al respecto, González dijo que se reunirá entre hoy y mañana con la ministra Centurión para seguir conversando sobre el tema.

Multas por conducir bajo los efectos del alcohol

Las multas establecidas por el Ministerio de Obras para los conductores que manejen en estado de ebriedad, variables según el índice de alcohol en la sangre, son las siguientes:

  • De 0,001 a 0,199 mg/l: tres jornales mínimos (309.273 guaraníes).
  • De 0,200 a 0,250 mg/l: 10 jornales (1.030.910 guaraníes).
  • De 0,251 en adelante: 20 jornales (2.061.820 guaraníes)

A partir de 0,400 mg/l en adelante, los antecedentes del infractor son remitidos al Ministerio Público.

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