MNP anuncia investigación a prisión militar de Viñas Cue por maltratos

Luego de una seguidilla de graves denuncias sobre abusos, maltratos y humillaciones efectuadas por militares que cumplen prisión preventiva en la cárcel de Viñas Cue, el Comisionado del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), Orlando Castillo, confirmó que pedirá informes al respecto a las Fuerzas Militares.

Prisión militar de Viñas Cue.
audima

La prisión militar de Viñas Cue está nuevamente en la mira del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), a causa de denuncias de maltratos y humillaciones que estarían sufriendo las personas privadas de libertad en ese lugar. El comisionado Orlando Castillo, confirmó que están indagando el caso.

Las primeras denuncias sobre los hechos de tratos inhumanos a que son supuestamente sometidos los detenidos en la prisión militar datan del año 2019. Según las acusaciones que fueron presentadas antes los parlamentarios, el propio director, el coronel Eugenio Brizuela, y el encargado jefe del área penal, el entonces teniente coronel José Flor Sánchez, ordenaban los castigos, señalaron las fuentes.

Es más, luego de estas denuncias Flor Sánchez fue nombrado director de la unidad penal y supuestamente comenzó a amenazar y amedrentar a todos los internos que firmaron la denuncia en su contra.

MNP pedirá informes sobre investigaciones anteriores de maltratos en Viñas Cue

Familiares de los detenidos aseguran que estos son continuamente aislados en pequeñas habitaciones por más de 15 horas al día, sin las mínimas comodidades y ni siquiera pueden limpiarse, lo que les genera problemas de salud, según dijeron.

Orlando Castillo también anunció que solicitará un informe de las investigaciones realizadas en años anteriores por la dirección de Justicia Militar sobre las mencionadas acusaciones.

Atribuciones del MNP

El Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes fue creado para reforzar y colaborar con la prevención de la tortura, de acuerdo con el mandato contemplado en la Ley N° 4288/12, que aplica el Protocolo Facultativo a la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Ley N° 2754/05.

Tiene entre sus facultades visitar y monitorear centros de privación de libertad o de custodia de personas o cualquier lugar en el que se encuentren personas en situación de encierro.

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