Preliminar por muerte de la niña Thirza, hoy

El juez penal de garantías Mirko Valinotti fijó para hoy a las 08:00 la audiencia preliminar para resolver si la odontóloga, el endodoncista y el anestesista acusados por la muerte de la niña Thirza Belén Portillo Franco, de 9 años, van a juicio oral y público.

El juez Mirko Valinotti (izq.) durante la audiencia de revisión de medidas a la odontóloga Sandra Obertino. Archivo Abc.GENTILEZA
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Thirza Belén Portillo Franco, de 9 años, falleció el 12 de noviembre de 2021 en Asunción, en la clínica odontológica “mau” Mommy Dent, ubicada en Loma Pytã. La autopsia determinó que la niña falleció como consecuencia de una sobredosis de anestesia, lo cual fue corroborado por una junta médica.

El Ministerio Público acusó por homicidio culposo a la odontóloga Sandra Obertino Leguizamón, el endodoncista Vicente Javier Cabrera y el técnico anestesista Adrián Cayetano García Servín. El juez penal de garantías Mirko Valinotti fijó para hoy a las 08:00 la audiencia preliminar donde resolverá si el caso será debatido en un juicio oral y público, tal como pide la Fiscalía y la querella.

Los profesionales fueron imputados por el fiscal Aldo Cantero el 11 de diciembre del 2021 por homicidio culposo y comercialización de medicamentos no autorizados.

Sobredosis de anestésicos causó muerte de la niña Thirza

“La muerte de la niña Thirza Portillo Franco ha sido ocasionada por una acción ajena al funcionamiento de su organismo, es decir por la acción de un tercero (en este caso el anestesista Adrián Cayetano García Servín y el médico endodoncista Vicente Damián Cabrera), quienes actuaron a pedido y bajo la supervisión de la Dra. Sandra Obertino Leguizamón”, señala la acusación presentada por la fiscala EsmIlda Álvarez.

La conclusión pericial final realizada por los peritos designados en la causa -los Dres. Carlos Antonio Garrigoza, Liliana Bogarín y Claudio Duarte- refiere que: ”Al parecer de estos peritos, lo que desencadenó en el fallecimiento de la niñaThirza Belén Portillo de 9 años de edad, fue una sucesión de malas desiciones, omisiones, errores de conducta y procedimiento, falta de ética profesional y por supuesto también interés lucrativo”.

“A continuación se pueden leer y analizar dichas circunstancias: - No fue confeccionada una historia clínica a la menor por la Dra. Sandra Obertino, no fue presentada ni obra en la carpeta fiscal, por ende no se saben los antecedentes odontológicos y sanitarios, no hay registro del acto realizado y a realizar, no hay registro del plan de tratamiento completo, ni método o técnica utilizada, complejidad y duración del acto, resultado, ni del porqué se sugirió utilizar anestesia asistida”, agrega el documento firmado por los galenos.

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