Consejero implicó a enjuiciado en la compra de notas de la Universidad Católica

El miembro del Consejo de la Magistratura (CM) César Ruffinelli declaró en la causa conocida como “compranotas” de la Universidad Católica y ratificó la supuesta implicancia del hasta ahora único procesado en el juicio oral Leonard Chung Wang, en los delitos de producción y uso de documentos no auténticos y alteración de datos informáticos.

Dr. César Ruffinelli Buongermini, miembro del Consejo de la Magistratura.abc color
audima

El consejero César Ruffinelli Buongermini explicó en la audiencia pública que en el momento que ocurrieron las irregularidades en la Universidad Católica de Asunción se desempeñaba como Secretario General del Rectorado, y relató al tribunal de sentencia el modus operandi para cambiar calificaciones, detectado en un sumario iniciado en la Facultad de Ciencias Jurídicas.

Modificación de actas era para mejorar o conceder notas

Ruffinelli relató que los alumnos abonaban una suma de dinero a los funcionarios de la universidad que ya fueron condenados en un procedimiento abreviado, Ariel Barrios, Claudio Aponte y Víctor Oviedo para que estos destruyan las actas originales (en formato papel) y las cambiaban por otras similares, con las firmas apócrifas de los profesores, con la consecuente alteración de datos para modificar las calificaciones.

Por ejemplo, -prosiguió- si el alumno figuraba como ausente, se cambiaba por el de presente, y también para mejorar las notas, como el caso de que eran calificados con 2 se mejoraba con un 4 o 5. Entre esos alumnos que fueron beneficiados con las notas mejoradas fue detectado en el sumario el alumno Leonard Chung Wang y que por esta situación se le expulsó de la facultad, como sanción.

Todo lo mencionado precedentemente es con relación al delito de producción y uso de documentos no auténticos. Con relación al hecho punible de alteración de datos relevantes para la prueba, los funcionarios de la universidad Ariel Barrios, Claudio Aponte y Víctor Oviedo, con sus códigos de acceso informático que poseían, modificaban las actas y consecuentemente las calificaciones.

Las fechas de las alteraciones de las actas en su mayoría son de los primeros meses del año 2014, y se explicó que este dato es relevante porque a partir de esta fecha los alumnos solicitaban sus certificados de estudios para la expedición de los títulos de abogado.

Ruffinelli aclaró que la Universidad Católica no expidió ningún título de abogado, para todos los alumnos que fueron relacionados con el fraude de la compra de notas que fue detectada en la investigación de la casa de estudios.

Juicio prosigue la próxima semana

Según determinó el tribunal de sentencia integrado con los jueces Gloria Amanda Hermosa, Alba González y Víctor Hugo Alfieri, el juicio oral y público al único enjuiciado proseguirá el próximo jueves 18 de mayo.

La audiencia pública proseguirá con la declaración testifical de la directora del Departamento de Informática de a Universidad Católica Lic. Carolina Vallejo.

La causa penal está caratulada “Víctor David Oviedo y otros s/ producción de documentos no auténticos y otro”, N° 2882/2014.

El único enjuiciado por el caso “compranotas”

Leonard Chung Wang, único enjuiciado por el caso "compranotas" de la UCA

El entonces estudiante Leonard Chung Wang es el único enjuiciado en la causa “compranotas” de la UCA y enfrenta los hechos punibles de producción de documentos no auténticos y alteración de datos relevantes para la prueba.

El Ministerio Público, representado por la agente fiscal Teresa Sosa, acusa que Chung Wang alteró 36 actas de diferentes materias para beneficiarse con notas que le daban por aprobada esas materias de la carrera de Derecho.

En una de las 36 actas de notas de la UC que habrían sido alteradas por el enjuiciado Leonard Chung Wang, con referencia a la materia de Ética Personal, por ejemplo, se lee en el resultado de auditoría que se trata de un acta adulterada. Al exhibirse al profesor Adalberto Ruiz Díaz, negó que se trate de la firma que se le atribuye. La nota consignada es 5, a diferencia del acta web que lleva la impresión del 11 de junio de 2012 en la que consta que la nota es 2.

De 41 imputados, quedan solamente dos procesados

De los 41 procesados, entre ellos los funcionarios administrativos de la Universidad Católica de Asunción, Víctor Oviedo, Ariel Barrios y Claudio Aponte, ya fueron sentenciados y beneficiados anteriormente, por los mismos delitos, a 2 años de cárcel con suspensión a prueba de la ejecución de la condena.

Los demás imputados, todos estudiantes, obtuvieron salidas procesales como suspensión condicional del procedimiento y criterio de oportunidad.

Los dos procesados por el caso “compranotas” de la UC son Leonard Chung Wang y María Belén Whittingslow, quien se encuentra Uruguay, como refugiada pero que en nuestro país fue declarada prófuga de la justicia (ya anulada recientementey por la Corte) y con proceso pendiente como ya se mencionara.

Corte anuló orden de captura contra Whittingslow

María Belén Whittingslow, procesada por el caso "compranotas" de la UCA.

Justamente, el miércoles 26 de abril, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, con votos divididos, anuló la resolución de la jueza penal de garantías Lici Teresita Sánchez quien declaró la rebeldía y ordenó la captura de María Belén Whittingslow Casteñe, a los efectos de su comparecencia a la audiencia preliminar a la que había eludido por medios de chicanas en reiteradas ocasiones, según argumentó la magistrada.

El voto de la mayoría, integrada con el ministro de Corte Víctor Ríos Ojeda y con el camarista Guido Cocco, anuló la orden de captura dispuesta en el Auto Interlocutorio N° 625 del 21 de junio de 2019 emanado por la jueza penal de garantías Lici Teresita Sánchez. La Corte argumentó que no se le dio oportunidad a la defensa porque los abogados de María Belén Whittingslow Casteñe, Martín Barba y Rodrigo Cuevas, no pudieron acceder al expediente judicial, según lo que resolvió la Sala Constitucional a través del Acuerdo y Sentencia N° 294 del 26 de abril de 2023.

Por su parte, la camarista Stella Maris Zárate, en minoría, sostuvo que no existió agravio ni transgresión a nomas constitucionales ni procesales en la resolución AI N° 625 emanado por la jueza Lici Teresita Sánchez, ya que los abogados defensores solamente tenían que poner a disposición del juzgado a la acusada Whittingslow Casteñe, para levantar el estado de rebeldía y la orden de captura que pesaba sobre la misma.

La camarista Zárate agregó que esta misma situación de rebeldía y orden de captura dispuso la jueza Sánchez en su AI N° 625, contra los acusados Leonard Chang Wang y Víctor Oviedo, que fue atacada ante la Sala Constitucional por la procesada y que entonces las defensas de los acusados le dieron el remedio procesal ya mencionado.

Finalmente, la camarista Zárate sostuvo que al anular la orden de captura se estaría dejando un nefasto precedente judicial en materia penal, puesto que ello constituiría un premio a aquella persona remisa a someterse a la persecución penal, o que se valga de chicanas procesales a lo efectos de burlar el normal desenvolvimiento del proceso y la buena fe que debe imperar en todo justiciable.

Al hacerse a lugar a la acción de inconstitucionalidad que promovió Whittingslow Casteñe, la procesada debería volver al país y someterse a la audiencia preliminar de la causa “compranotas”, y para ese efecto, se debe sortear un nuevo juzgado penal de garantías que llevará adelante el proceso penal.

Lo
más leído
del día