Caso niña asesinada: “El Juzgado de la Niñez nunca recibió denuncia alguna”, según juez

El juez Elvio Insfrán, quien lleva la causa que investiga el abuso sexual y asesinato de la niña de 3 años en el asentamiento Romero Cue de Pedro Juan Caballero, asegura que el Juzgado de la Niñez nunca recibió alguna denuncia previa en torno a la pequeña, desmintiendo lo dicho por el defensor de la Niñez de capital.

Casa donde fue hallada la niña asesinada en Pedro Juan Caballero.Gilberto Ruiz Díaz
audima

El pasado sábado fue hallado el cuerpo sin vida de una niña de 3 años que días antes había desaparecido y cuya madre la habría “vendido” para adquirir estupefacientes, según la declaración de los detenidos que relataron cómo sucedió. Ahora, el Juzgado y la Defensoría de la Niñez se acusan mutuamente.

Por su parte, Édgar Bonifacio Ríos, defensor adjunto de la Niñez, señaló que hubo una falencia en la actuación del Juzgado con respecto al cuidado a la niña finalmente asesinada.

Agregó que el 14 de abril se informó sobre el caso; el día 21, el Juzgado intervino y la menor de edad fue rescatada de manos de su madre y entregada a la hermana de la madre y el sábado 24 fue hallado su cuerpo sin vida en una casa abandonada.

Sin embargo, el juez Elvio Insfrán salió al paso de las declaraciones de Ríos y las desmintió categóricamente.

Niña hallada muerta en PJC: “El Juzgado de la Niñez nunca recibió denuncia alguna”

No se ajusta a la verdad. El Juzgado de la Niñez nunca recibió denuncia alguna por el caso de esta niña asesinada”, enfatizó el juez Elvio Insfrán.

Explicó que fue la defensora de la Niñez de la zona la que se constituyó en el lugar a raíz de una denuncia que recibió y entregó a la niña a una hermana de 22 años.

“Ella (la defensora Leticia Sosa) tenía el trabajo y la obligación de comunicar e iniciar un juicio ante el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia, pero no lo hizo. No sé el motivo, pero ella deberá dar cuenta de este hecho”, afirmó.

Agregó que el juicio de la niña asesinada nunca fue judicializado ante el Juzgado de la Niñez y Adolescencia de Pedro Juan Caballero.

Insfrán insistió en que el Juzgado nunca tomó intervención y que el caso estuvo siempre a cargo de la Defensoría de la Niñez.

“El único expediente abierto actualmente es en relación a la niña de 12 años y el niño de 2 años (hermanos de la menor fallecida)”, comentó.

Finalizó diciendo que lo que le llama la atención es que un defensor adjunto de capital hable sobre este caso, ya que quien intervino fue Leticia Sosa.

“Lo cierto y concreto: esta persona que dijo que el juzgado intervino está faltando a la verdad”, remarcó.

Lo que dice el Art. 5 de la Ley 6.485/2020

“El Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de turno, con apoyo de su equipo técnico, debe verificar la situación, evaluar la denuncia y la permanencia en el entorno familiar, si ello no fuere posible, la existencia de méritos suficientes para la separación de la familia inmediata”.

“En caso de que adopte una medida de urgencia debe comunicar al Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de turno y en ausencia de este al Juzgado de Paz, en el plazo de 24 horas, sin perjuicio de la derivación al ámbito penal”.

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