Ley no permite interpretación que absolvió a Dany Durand, afirma exmagistrado

El exmagistrado en lo penal Pedro Mayor Martínez, uno de los que dictaron el fallo a favor de la publicación de las declaraciones juradas de los funcionarios públicos, se pronunció en contra de la postura que tuvo el Tribunal de Sentencia en mayoría para absolver al exministro Dany Durand. Expresó que la ley no permite la discriminación que hicieron los jueces Elio Ovelar y Darío Báez y que la mentira debe ser sancionada, “sea hacia arriba o hacia abajo”.

Pedro Mayor Martínez, excamarista y actual candidato a senador por el Partido Encuentro Nacional.Arcenio Acuña Rojas
audima

El excamarista en lo penal Pedro Mayor Martínez cuestionó el voto en mayoría de los jueces de sentencia Elio Ovelar y Darío Báez, quienes absolvieron de culpa y reproche al exministro Dany Durand, del proceso por declaración jurada falsa, con el argumento de que el entonces titular del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat “declaró de más” sus bienes ante la Contraloría General de la República.

Mayor Martínez resaltó que la norma no permite esa discriminación, de “si miento hacia arriba o hacia abajo”. La interpretación en sentido extensivo que hizo el Tribunal en mayoría sale de la literalidad de la ley y, por ende, no está permitida.

“Es simplemente mentir. Es imposible que podamos considerar que si miento hacia arriba no tiene sanción. Creo que si uno miente hacia arriba existe una alta probabilidad de que el funcionario se piensa enriquecer de forma ilícita dentro del servicio público”, expresó el exmagistrado.

Agregó que la postura de los jueces que absolvieron a Durand, forma parte de la picardía criolla en la que contribuyen abogados, contadores y funcionarios, que dan interpretaciones totalmente ajenas al sentido de la norma y al sentido de los legisladores con respecto al artículo 243 del Código Penal.

El referido artículo 243 sobre Declaración falsa dice textualmente: “1º El que presentara una declaración jurada falsa ante un ente facultado para recibirla o invocando tal declaración, formulara una declaración falsa, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años. 2º El que actuara culposamente respecto a la falsedad, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un (1) año o con multa”.

Interpretación que favoreció a Durand “es contraria a la norma”

En charla con ABC Cardinal, el exjuez Pedro Mayor Martínez señaló también que la declaración falsa que establece el Código Penal es una prueba preconstituida que se toma con absoluta libertad, por lo tanto, no puede ser asimilada en modo alguno a un testimonio en el sentido judicial.

El actual candidato a senador por el Partido Encuentro Nacional dijo que existen corrientes al interior del Poder Judicial que hacen interpretaciones extensivas que, según consideró, se salen de la literalidad de la ley y, por ende, son contrarias a la norma.

“Nadie obliga a un servidor público a presentarse al cargo público, porque si lo hace sabe que tiene que presentar una declaración jurada real, no ficticia. No mentir de entrada para enriquecerme luego durante el servicio público”, remarcó Mayor Martínez.

Contraloría fue cercenada, lamentó exmagistrado

El exmiembro del Tribunal de Apelación Penal de la Capital manifestó que es muy fácil que, ante la incapacidad institucional de verificar realmente lo que declara una persona al asumir un cargo público, al final de la gestión diga que tiene la misma cantidad de bienes que declaró al inicio.

Indicó que el trabajo de la Contraloría de la República es una investigación patrimonial, que no determina todavía la ilicitud porque simplemente se convierte en una suerte de perito de lo que dice tal o cual persona. El juzgamiento o la comisión de un delito lo hará el Ministerio Público sobre la base del relevamiento probatorio, según indicó.

Al respecto, Mayor Martínez afirmó que lo que debilitó el sistema de investigación de la Contraloría, como apoyo de la Fiscalía, es el cercenamiento de su capacidad de indagación de correspondencia de los funcionarios del Estado.

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