Tras ser notificado de que la sala penal rechazó en febrero pasado un recurso de la defensa de la expresidenta de Petropar Patricia Samudio, el juez penal de garantías Julián López notificó a las partes a fines de marzo su decisión de realizar la diligencia en que debe resolver si Samudio y su esposo José Costa Perdomo van a juicio oral y público por el caso agua tónica. Sin embargo, ante un recurso de reposición de la defensa, dejó sin efecto la convocatoria.
El abogado José Costa Perdomo, igualmente acusado por el caso, argumentó que la diligencia no se puede realizar mientras no se resuelva una reposición que planteó contra una resolución dictada por la sala penal de la Corte Suprema de Justicia el 24 de febrero pasado.
En la ocasión, los ministros María Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia declararon inadmisible el recurso de apelación general planteado por la defensa contra la resolución dictada el 24 de octubre del año pasado por el Tribunal de Apelación, segunda sala -el A.I N° 345- a través del cual se rechazó “in limine” un incidente de nulidad planteado por Costa Perdomo, en representación de Samudio.
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Agua tónica y pago de deuda
El Ministerio Público afirma que bajo la administración de Patricia Samudio, Petropar adquirió, por la vía de la excepción, de la firma proveedora “Solumedic SA”, 3.000 tapabocas N95, 5.000 botellas de agua tónica y otros insumos, por un total de G. 359.700.000.
Esta suma fue transferida a una cuenta de la empresa “Racole SA”, para el pago parcial de una deuda de Costa Perdomo, esposo de la exfuncionaria estatal.
Los directivos de la empresa Solumedic S.A. igualmente acusados por el caso Liz Adolfina Chamorro Ferreira y Víctor Ramón Cabañas Fernández devolvieron al Estado los G. 359.700.000, situación que la defensa pretende utilizar para argumentar la supuesta inexistencia de daño patrimonial.
Devolución del dinero no exime responsabilidad
Ante la posible estrategia de la defensa de Samudio de pedir la extinción de la causa y por ende el sobreseimiento definitivo de los procesados, alegando que los G. 359.700.000 (monto del perjuicio que sufrió el Estado), ya fue devuelto en su totalidad por la empresa Solumedic SA, la fiscala Liliana Alcaraz de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción indicó que la devolución del dinero fue posterior al delito que cometieron los acusados.
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“Que el dinero se haya devuelto es un hecho que debe ser evaluado solo y únicamente al momento de la medición de la pena. Si la intención de la defensa es que la causa penal se extinga porque se devolvió el dinero, debe contar con el acuerdo de la Fiscalía, y nosotros no vamos a dar nuestro consentimiento para que eso ocurra”, puntualizó Alcaraz.