Violencia obstétrica: ¿Qué protección legal tienen las mujeres?

El término violencia obstétrica cobró importancia en las últimas semanas en nuestro país tras el caso de la mujer que dio a luz en el piso del Hospital Nacional de Itauguá, además de otros casos similares en otros puntos del territorio nacional, sin embargo, la ciudadanía no está muy familiarizada con las implicancias, las formas de prevención, ni si existe una ley que penalice a los autores y que ampare a las víctimas.

Violencia obstétrica. Imagen de referencia.
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Como casi todo en Paraguay, una de cal y otra de arena. Sí, existe una ley, pero, no sanciona al que cometa un hecho de violencia obstétrica, porque se trata de una norma de prevención ante los daños del personal de blanco que trabaja en el área de salud materna infantil, hacia la mujer, durante el embarazo, parto o post parto.

Lo que dice la ley

Ley 5777 de Protección integral a las mujeres, contra toda forma de violencia. Artículo 6º.- Promoción de políticas públicas. Formas de violencia.

j) Violencia obstétrica. Es la conducta ejercida por el personal de salud o las parteras empíricas sobre el cuerpo de las mujeres y de los procesos fisiológicos o patológicos presentes durante su embarazo, y las etapas relacionadas con la gestación y el parto. Es al mismo tiempo un trato deshumanizado que viola los derechos humanos de las mujeres.

“Hoy en Paraguay la violencia obstétrica no es un delito”

La abogada Clara Marecos, quien participó de la redacción de la Ley 5777, explica que no se logró tipificar como hecho punible a todas las formas de violencia (en el momento del tratamiento y promulgación de la Ley) lo que se pretende es visibilizar las otras formas de violencia que son naturalizadas en nuestro país y el mundo.

“Se pretende ponerle un nombre a todas las formas de violencia que sufren las mujeres diariamente y dentro de ellas, está la obstétrica, que fue definida en base a la experiencia de lo que van relatando las mujeres en situación de parto o tratamiento, que viven en los diferentes centros asistenciales públicos o privados” especificó.

El contexto total de la ley habla de las formas de violencia, de los principios y el ámbito de aplicación, con el fin de que sean trabajados en el ámbito de las políticas públicas, sin embargo, no existe sanción.

No tenemos sanción, pero sí tenemos la obligación, como Estado de prevenir que se sigan cometiendo este tipo de hechos de violencia” resalta la magister.

Las formas de violencia sancionadas en Paraguay son:

  • Física.
  • Psicológica.
  • Feminicidio.

La profesional del derecho comenta además que dependiendo de qué tipo de violencia se trate, de las que están descriptas en el artículo 6 de la ley 5.777, se puede obtener medidas cautelares cuando esa violencia afecta la integridad física de la mujer o pone en riesgo su vida y se tramita por la Ley 1.600.

“Como ciudadanos siempre buscamos la punición”, dice la abogada

Clara Marecos, indica que se en materia de violencia, llegar a la punición es que se ha fallado como Estado en la prevención. “La punición tiene que ser la última consecuencia de un proceso que se viene haciendo bien y por alguna razón en algún lugar falló”.

Imagen de referencia.

Los encargados de prevenir violencia obstétrica

El Ministerio de la Mujer es el ente rector al que se debe reclamar su “operancia”. Su función es monitorear el cumplimiento de la ley, ya que el decreto reglamentario establece que dicha cartera de Estado debe solicitar informes periódicos a las instituciones para determinar el nivel de cumplimiento de la ley.

Cada institución cuenta con un reglamento interno, donde deben estar establecidas las medidas y el funcionario que cometa un hecho, en este caso que no es punible, pero que sí es una falta administrativa, pueda ser sumariado e incluso despedido; “se deben aplicar medidas cautelares”. El Ministerio de Salud también debe contar con medidas de protocolo para prevenir.

“La ley nos dice mucho y nos da herramientas pero no sabemos aplicar. Nos vamos a lo simple, a lo sencillo, que es sancionar penalmente, que es meterle en la cárcel y olvidarme del problema” indicó.

Intervenciones innecesarias

El médico Guillermo Ramalho, gineco-obstetra, explica que la violencia obstétrica no se trata solamente del trato que le da el personal de blanco a la paciente, si no también de las intervenciones innecesarias que están estipuladas dentro del marco de la violencia obstétrica.

“Muchas intervenciones que se hacen de rutina son intervenciones innecesarias, que son consideradas una forma de violencia porque se hace un daño innecesario. Poner fármacos en un proceso natural también es un tipo de violencia”, señala.

Ingreso a la Sala de Parto, en el Hospital Nacional de Itauguá.

“En Paraguay no hay violencia obstétrica”, asegura médico

Según Ramalho, en Paraguay no hay violencia obstétrica, “lo que está ante nuestros ojos es el índice de cesárea que es una demostración de que algo no estamos haciendo bien”.

Explica que la cantidad de cesáreas que hay dentro de las instituciones, tanto públicas como privadas, sobre todo privadas, desde el punto de vista de salud, es un daño que puede generar secuelas y está indicado sólo en caso de necesidad, sin embargo, se opta por la cesárea como una opción superficial desde el punto de vista de cronograma.

Comenta que los testimonios de las mujeres de parto normal hablan de que le obligaron a tener, que no le dejaron entrar a un familiar, que fue el peor día de su vida, que estaba sola, le hablaban mal, que nadie le explicaba.

“Esos testimonios están, pero nadie se hace cargo y eso hace que las mujeres no quieran tener el parto normal, cuando en realidad eso no es normal, eso es violencia”, señala el médico.

También agregó que lo normal está en la autonomía, en la intimidad, “ahí está el parto normal y la gente correr del parto normal, mal catalogado, paga un privado para tener una cesárea que considera es mejor y estamos entrando en un círculo en el que corremos de una institución pública, de un parto normal y nos vamos a hacer una cesárea que se piensa salva del sufrimiento del parto y no es así, no es para salvarse del sufrimiento, tiene sus indicaciones más precisas”, enfatiza.

Finalmente, Ramalho, dice que lo más importante es solidarizarse con las mujeres que quedaron con estrés post traumático después de lo que tendría que ser un nacimiento en condiciones de experiencia positiva.

“La experiencia de la mujer tiene que ser positiva, ella tiene que sentir que fue contenida, que fue informada, apoyada y que las intervenciones fueron necesarias, en caso de que así lo fueran, que en ningún momento se le impuso la intervención; que siempre se le puso como prioridad; se le dio la información que ella solicitó” remarcó el ginecólogo y obstetra.

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