El Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, integrado por los camaristas Arnulfo Arias, Gustavo Santander Dans y Andrea Vera Aldana, a través de su AI N° 3, emanado ayer, confirmó el comiso especial de US$ 47 millones depositados en cuentas de bancos a nombre de Ramón González Daher (RGD), condenado a 15 años de cárcel por usura, lavado de dinero y denuncia falsa.
De esta forma queda firme, de forma íntegra, el AI Nº 1865 emanado por el Juzgado Penal de Ejecución de Sentencia, especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, luego de que la defensa de Ramón González Daher, ejercida por el abogado Mario Aníbal Elizeche Baudo, haya interpuesto un recurso de apelación general.
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Dicho Juzgado había ordenado la transferencia a las cuentas de la Senabico de los saldos en dinero, en guaraníes, depositados en las cuentas de los bancos BBVA, BASA, Continental, Río, Sudameris y Atlas equivalentes a G. 240.554.525.035 y, también en las cuentas en dólares, correspondientes a US$ 11.711.977, que totalizan la suma de US$ 47 millones.
El abogado Elizeche había solicitado la anulación o la revocatoria del AI N° 1865, al señalar que el Juzgado, antes de haber ordenado el comiso, debió primero haber ordenado el inventario y la tasación de todos los bienes que vayan a ser comisados, incluyendo cheques y pagarés incautados en el primer allanamiento del Ministerio Público.
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En su escrito, el abogado defensor de RGD calificó de genérica y arbitraria la medida del comiso, ya que consideró que no se menciona qué porcentaje corresponde al usurero condenado y qué porcentaje corresponde a su esposa Delcia Karjallo de González, sobre quien también se pide sea imputada.
En el AI Nº 3 de la Cámara de Apelación se hace mención a que el Tribunal de Sentencias Especializado en Delitos Económicos, Corrupción y Crimen Organizado, había ordenado el comiso especial de los saldos de las cuentas bancarias a través de su SD Nº 515, del 17 de diciembre de 2021.
En un primer momento esa resolución judicial fue recurrida mediante apelación especial, pero la misma fue confirmada in extenso por el AyS Nº 60, del 12 de agosto de 2022, que a su vez también fue recurrido con el recurso extraordinario de casación, que fue declarado inadmisible por AyS Nº 593 del 2 de diciembre de 2022, por la Sala Penal de la Corte, por ende la condena y medida a González Daher quedaron firmes.