El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, integrado por las juezas Claudia Criscioni, Cándida Fleitas y Yolanda Morel, convocó para este viernes 10 de febrero el juicio oral en el que se resolverá el pedido de comiso autónomo que hizo la fiscalía sobre los bienes que tienen en Paraguay el “doleiro” Darío Messer y su hijo Dan Wolf Messer.
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En Paraguay, Darío Messer, considerado por el expresidente Horacio Cartes como su “hermano del alma”, tiene valiosos bienes muebles, inmuebles, miles de cabezas de ganado, vehículos de alta gama, una aeronave, acciones y valores por cerca de US$ 150 millones, que soportan embargos a pedido de la justicia paraguaya y brasileña.
El Ministerio Público realizó un trabajo coordinado con los fiscales que estuvieron a cargo del caso “Lava Jato” en Brasil, donde Darío Messer cumple en arresto domiciliario una condena a 13 años y cuatro meses de cárcel por lavado de dinero.
Fiscalía afirma que Messer obtuvo bienes de forma ilícita
El pedido de comiso autónomo es sobre los bienes que están a nombre de Darío Messer, su hijo Dan Wolf Messer y las empresas Matrix Realty S.A., Chai S.A. y Pegasus Inversiones S.A., que según la fiscalía fueron adquiridos con el producto de hechos antijurídicos.
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La fiscalía resalta en su pedido la adquisición ilícita de los bienes en Paraguay se puede corroborar con las investigaciones y condenas aplicadas en el Brasil contra la asociación criminal integrada por Darío Messer junto con otras personas, así como con los acuerdos de delación premiada suscripto por el “doleiro”.
El Ministerio Público argumenta en ese sentido la “existencia de bienes obtenidos a partir de capitales provenientes de hechos antijurídicos, específicamente, de los hechos punibles de corrupción, pertenecer a una organización criminal, blanqueo de capitales, ocurridos en el Brasil y de lavado de activos y asociación criminal, ocurridos en el Paraguay”, según resalta el escrito que consta de 101 páginas.
Varios abogados pidieron intervenir en el proceso, en representación de padre e hijo, pero fueron rechazados porque “no se puede litigar desde la clandestinidad”, según argumentó el juez de Garantías José Agustín Delmás. Las resoluciones del magistrado fueron confirmadas por la Cámara de Apelaciones.
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