Cámara rechaza chicana pero no se expide sobre pedido de prisión para “Ñoño” Núñez

La Cámara de Apelaciones no se expidió sobre el pedido de prisión preventiva que planteó el Ministerio Público para el acusado por la supuetsa “tragada” de G. 55.000 millones en la Gobernación de Presidente Hayes, Oscar “Ñoño” Núñez, quien hace 7 años viene dilatando su proceso por medio de chicanas.

Óscar Venancio “Ñoño” Núñez, acusado por corrupción pública.Archivo, ABC Color
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El juez de paz Roberto Ferreira en su carácter de juez de garantía de esta causa había aclarado de oficio a través del Auto Interlocutorio (AI) N° 722 del 20 de marzo de 2022, que el coacusado Rubén Rousillón fue beneficiado con el sobreseimiento provisional, en eta causa ya que la Fiscalía debía realizar diligencias pendientes.

Sin embargo, la aclaratoria de oficio emanada del juez Ferreira, fue aprovechada por el acusado Oscar Venancio“Ñoño” Núñez para plantear una apelación general a pesar de que la mencionada aclaratoria nada tenía que ver con él, .

Ante esta situación, el fiscal Luis Armando Said al contestar la apelación de Núñez, solicitó a los miembros del Tribunal de Apelaciones Multifueros de Presidente Hayes, camarista Carlos Escobar Espínola, los jueces Christian Bernal y María Elena Meza, que imponga sanciones ante el nuevo acto dilatorio planteado por el el acusado. El Ministerio Público creyó conveniente que la Cámara disponga como sanción la prisión preventiva.

Sin embargo, el Tribunal de Alzada no se expidió sobre el pedido de prisión preventiva del Ministerio Público, ante el abuso del derecho y sobre todo por la abundancia de pruebas que lo incriminan como uno de los autores que han perpetrado los hechos punibles de lesión de confianza agravada y producción de documentos públicos de contenido falso.

El representante del Ministerio Público asimismo alegó que se encontraba presente el peligro de fuga por parte del acusado Oscar Venancio Núñez, ante la elevada expectativa de pena.

La Cámara de Apelaciones solamente rechazó el recurso promovido por Núñez, contra el Auto Interlocuorio N° 722 del 20 de setiembre de 2022, y le impuso las costas.

Antecedentes de la supuesta “tragada”

En marzo de 2022, el juez de sentencia en lo penal de Villa Hayes, Christian González, quien se constituyó como juez penal de garantías, por medio del AI N° 3 del 16 de marzo de 2022, elevó a juicio oral y público la causa por lesión de confianza que afrontan los exgobernadores de Presidente Hayes Oscar Venancio “Ñoño” Núñez y Emigdio Osvaldo Benítez Ortiz. Este último completó el periodo de mandato del político cartista (2008-2013).

Por el mismo caso también van a juicio oral los acusados Nancy Genoveva Núñez de Rousillón, esposa del actual gobernador Rubén Antonio Rousillón Blaires; Marlene Altemburger Da Silva, Raúl Ernesto Delgado Torres y Edulfo Antonio Verón Recalde.

En el caso de Rousillón, quien también había sido acusado por lesión de confianza, en la audiencia preliminar fue beneficiado con el sobreseimiento provisional para que el Ministerio Público realice otros actos investigativos sobre su presunta participación en la millonaria “tragada”.

Según la Fiscalía, entre el 2008 y 2013 la gobernación expidió varios cheques para una estación de servicios que está a nombre de Rousillón Blaires y su madre. Sin embargo, durante la gestión de Ñúñez y Benítez Ortiz el actual gobernador no formó parte del plantel de funcionarios de la institución departamental.

Suspendió su preliminar 33 veces

En el año 2012 la Contraloría había ordenado auditar la gestión del 2011 del entonces gobernador Oscar Venancio Núñez. El órgano contralor, en el 2013, presentó denuncia ante el Ministerio Público por la comisión de hechos punibles por más de G. 800 millones.

A partir de la imputación, que se produjo en el 2015, Núñez junto a los demás procesados por los actos de corrupción pública, lograron suspender la audiencia preliminar en 33 ocasiones durante los 7 años de iniciado el proceso penal, a través de las múltiples chicanas que plantearon las defensas de los acusados, sin que ninguno de los procesados ni sus representantes legales hayan sido sancionados.

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