Jurado llama para sentencia en un caso de supuesto “apriete” de RGD

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados resolvió llamar autos para sentencia en el caso de la fiscala Mirtha Ortiz, enjuiciada por supuestos “aprietes” que tienen relación con el usurero Ramón González Daher (RGD). Sin embargo, para los fiscales igualmente enjuiciados, Silvio Alegre y Fátima Villasboa, el Jurado abrió la causa a prueba, por solicitud de los mismos.

César Diesel, Rodrigo Blanco Amarilla, Jorge Bogarín Alfonso, Oscar Paciello Samaniego y Fernando Silva Facetti, miembros del JEM.Gentileza
audima

En su sesión ordinaria el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) que preside el Abog. Jorge Bogarín Alfonso, tres fiscales enjuiciados por supuestamente prestarse a los aprietes que proponía el exdirigente deportivo Ramón González Daher, por abrir causas penales por estafa y apropiación para forzar al cobro de los préstamos con intereses usurarios, tuvieron suertes dispares.

En el caso de a fiscala Mirtha Ortiz, el Jurado resolvió declarar la cuestión de puro derecho y llamó a autos para sentencia. Sin embargo, en el caso de los fiscales Silvio Alegre y Fátima Villasboa, el Jurado resolvió abrir la causa a prueba para que se diligencien testificales, pedidos de oficios, entre otros.

El Jurado dictaría su fallo en febrero de 2023, según indican las fuentes.

También fue enjuiciada recientemente la fiscala Sonia Pereira, también por los casos de supuestos “aprietes”.

Las causas de supuesto “apriete” analizadas

El caso que fue objeto de análisis en el Jurado es la causa Nº 12/2022 caratulada: “Abgs. Silvio Alegre, Fátima Villasboa y Mirtha Ortiz, agentes fiscales de las Unidades Penales N° 03, 06 y 07 de la ciudad de Luque, Circunscripción Judicial del Departamento Central s/ Enjuiciamiento”.

El caso de la fiscala Mirtha Ortiz

Mirtha Ortiz, fiscala.

El pedido de apertura de la causa a prueba solicitado por la agente fiscal Mirtha Ortiz, fue analizado por el ministro de la Corte Alberto Martínez Simón, quien integró la sesión del Jurado en sustitución de su colega César Diesel, quien se encuentra inhibido.

Martínez Simón refirió que cuando al pedido de la fiscala Ortiz, contestó la acusación en su contra ofreciendo pruebas meramente instrumentales y también solicitó que se envíe un oficio al medio digital El Observador. Para ello dio una dirección de la web de dicho sitio en internet para que el medio informe sobre su publicación del 1 de noviembre de 2022 títulado “Fiscales se prestaron a aprietes de RGD, pero no pueden ser enjuiciados porque esos hechos prescribieron”.

Por su parte -prosiguió el Martínez Simón-, la fiscala acusadora del JEM al contestar el traslado de la acusación pidió que se declare la cuestión de puro derecho. “Observamos que el único elemento que podría provocar la apertura de la causa a prueba, es el pedido de informe formulado por la acusada Ortiz”, indicó el ministro.

Agregó el ministro: que dicho pedido de informe no amerita activar el procedimiento porque se trata de un enlace de internet al cual cualquier persona puede tener acceso, por lo que no es necesario solicitar informe al medio digital para que proporcione la información solicitada. Por ello, solicitó que la causa sea declarada de puro derecho y se llame a autos para sentencia.

Se adhirieron al voto

A la proposición del ministro Martínez Simón, se adhirieron los miembros Rodrigo Blanco Amarilla, Óscar Paciello, Manuel Dejesús Ramírez Candia, Hernán Rivas y Jorge Bogarín Alfonso y se resolvió declarar la cuestión de puro derecho y se llamó a autos para sentencia de acuerdo al Art.29 de la ley del JEM.

El caso del fiscal Alegre

Fiscal Silvio Alegre, de la Unidad N° 3 de Luque.

Para el caso del fiscal Silvio Alegre se declaró la apertura de la causa a prueba porque ofreció a 16 personas como testigos, y de igual manera solicitó que se requiera informes de Inspectoría del Ministerio Público a efectos de que refiera si existe o no una investigación con respecto a este agente, con relación a los “aprietes” que proponía el usurero Ramón González Daher.

La fiscala acusadora del JEM se ratificó en los términos de la acusación y se allanó al pedido de apertura de la causa a prueba. Fue así que el ministro Alberto Martínez Simón, quien asimismo se constituyó en primer opinante, sostuvo que habiendo ambas partes solicitando la apertura de la causa a prueba, y habiendo diligencias que realizar, votó en ese sentido.

Se adhirieron a la apertura de la causa a prueba

A la postura del ministro Martínez Simón se sumaron los miembros Manuel Ramírez Candia, Rodrigo Blanco Amarilla, Óscar Paciello, Hernán Rivas y Jorge Bogarín Alfonso, y se resolvió abrir la causa a prueba, según dispone el Art. 29 de la ley del Jurado.

El caso de la fiscala Villasboa

Fátima Villasboa, agente fiscal.

Para analizar el pedido de abrir la causa a prueba, intervino como primer opinante el ministro Manuel Ramírez Candia, quien sostuvo que al contestar el traslado, la agente fiscal Fátima Villasboa ofreció pruebas testimoniales, específicamente el testimonio de 6 personas, pruebas documentales que inclusive algunas están en el expediente principal.

También ofreció una cantidad de expedientes que tenía a su cargo la fiscala Villasboa, ofreció como prueba informes del Tribunal de Sentencia, del Tribunal de Apelación, y entre otros medios de prueba ofreció un CD que contiene la grabación de un programa televisivo. Y habiendo pedido diligencias de pruebas, corresponde ordenar la apertura de la causa a prueba, argumentó el ministro Ramírez Candia.

Se adhirieron a la apertura de la causa

Los miembros Alberto Martínez Simón, Rodrigo Blanco Amarilla, Hernán Rivas, Óscar Paciello y Jorge Bogarín Alfonso, resolvieron admitir las pruebas y ordenaron la apertura de la causa a prueba, según dispone el Art. 29 de la Ley del JEM.

Antecedentes

El 10 de diciembre de 2021 el tribunal de sentencia que presidió la jueza Claudia Criscioni, condenó al exdirigente deportivo Ramón González Daher por los hechos punibles de usura, lavado de dinero y denuncia falsa. En el transcurso del juicio oral se reveló que jueces y fiscales se habían prestado a los “aprietes” que proponía González Daher a través de denuncias por estafa y apropiación contra los que habían tomado sus créditos con intereses usurarios.

Las aperturas de los procesos penales tenían la finalidad de que por vía de la coacción forzar el pago de esos créditos usurarios. González Daher fue condenado a 15 años de prisión, y la sentencia ya se encuentra firme.

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