En diez días, la fiscal general del Estado, Sandra Quiñónez, deberá emitir una resolución sobre el caso de Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo, presidente de la ONG CIAP, que recibió de la administración del exgobernador de Central Hugo Javier González Alegre (ANR, cartista), acusado, un desembolso de G. 5.105 millones, mediante cuatro cheques que fueron efectivizados irregularmente en ventanilla del Banco Nacional de Fomento (BNF) a inicios del año 2021.
Según la ley, la fundación debe tener una cuenta bancaria para recibir la transferencia de fondos de parte de instituciones del Estado. El presunto despilfarro fue denunciado en la etapa más dura de la pandemia del covid-19.
En la causa más conocida como “facturas clonadas” que involucra a la institución departamental y a CIAP, la Fiscalía solicitó para Tadeo Álvarez, la salida procesal del procedimiento abreviado con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, de un año, es decir, podría ser condenado por el Juzgado sin ir a juicio, pero no iría preso.
Sin embargo, la jueza Penal y de Garantías de San Lorenzo, María Elena Cañete, rechazó el pedido del Ministerio Público y remitió el expediente a la Fiscalía General del Estado.
Ofreció solo G. 100 millones
La jueza Cañete consultó a la defensa de Álvarez sobre la disponibilidad para reparar el daño patrimonial causado y la respuesta fue de G. 100 millones. Además el proseado solicitó pagar la suma en 10 cuotas iguales de G. 10 millones cada una. De ser aceptado, el dinero se depositará en la cuenta bancaria de la Gobernación del departamento Central, pero por otro lado, el procesado no ofreció reparar el daño social.
De acuerdo a la resolución judicial de la audiencia preliminar, Tadeo Andrés, “admitió el hecho que se le atribuye”; sin embargo, se abstuvo de declarar.
Se agrega en el documento que en principio, el titular de CIAP fue imputado por lesión de confianza, asociación criminal, producción de documentos no auténticos y declaración falsa, pero finalmente fue procesado por lesión de confianza y declaración falsa.
En las rendiciones de cuentas presentadas por Álvarez y González Alegre a la Contraloría General de la República y Auditoría General del Poder Ejecutivo, aparecieron varias facturas clonadas, falsas de obras que nunca se llevaron a cabo, tratando así de justificar la suma mencionada. Las obras que presentaron como producto del desembolso del fondo covid-19 ya existían desde antes y fueron pagadas con otro recurso.
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Fiscalía justificó pedido
La Fiscalía de Delitos Económicos y Anticorrupción solicitó el beneficio del procedimiento abreviado con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, para el presidente de CIAP, pero la magistrada Cañete decidió no hacer lugar a lo solicitado.
El Ministerio Público sostiene que Tadeo A. aportó valiosos datos y pruebas en el proceso de la investigación que llevó a descubrir el esquema delictivo montado dentro de la Gobernación de Central y del cual eran miembros colaboradores activos, el mismo gobernador Hugo Javier, directores, funcionarios, contratistas y miembros de la oenegé CIAP.
“El acusado en su carácter de presidente de la Fundación CIAP se habría encargado conjuntamente con otras personas de elaborar, crear y adecuar documentaciones referentes a ejecución de desembolsos llevados adelantes en el marco de la Ley de reactivación económica que se dictó en el año 2020 (…) la Gobernación de Central autorizó 4 desembolsos sin que existan proyectos específicos al respecto, en ese contexto en el mes de mayo de 2021, supuestamente, la Fundación presentó rendiciones de cuentas ante la Contraloría en la cual se presentaron facturas adulteradas y clonadas, luego de que esta situación se haya publicado a través de los medios de prensa y el Ministerio Público haya iniciado la investigación, el acusado habría formado parte del esquema y creó varios contratos para justificar la radicación de 14 obras que ni siquiera fueron mencionadas en la primera rendición; sin embargo, estas personas justificaron los desembolsos”, sostuvo el fiscal Rodrigo Estigarribia ratificándose en el requerimiento abreviado.
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El agente siguió detallando cómo Tadeo Álvarez participó en el esquema que se embolsó casi un millón de dólares en pandemia. Dijo que las obras presentadas para justificar la millonaria transferencia ya existían incluso desde junio de 2020. El Ejecutivo otorgó el Fondo Covid-19 a la Gobernación recién en diciembre de 2020.
“En ese contexto la participación de Tadeo Álvarez fue la de suscribir estos contratos al igual que el gobernador de Central y se tiene suficientes elementos de convicción para sostener quiénes eran las personas que confeccionaban (…) Tadeo Álvarez se presentó de manera voluntaria ante el MP y con autorización judicial entregó elementos relevantes igual que otras personas que ya fueron beneficiadas la SCP (suspensión condicional del procedimiento), en este contexto colaboró en determinar la hipótesis sostenida por el MP, las cuales son pruebas técnicas y análisis de datos que pueden escucharse y leerse lo que permitió continuar con el proceso”, explicó Estigarribia.
Jueza fundamentó su decisión
Por su parte, la jueza María Elena Cañete rechazó el pedido de la Fiscalía y remitió el caso a la Fiscalía General del Estado. La misma aseguró además que no pone en tela de juicio el trabajo fiscal llevado a cabo.
“Se debe recordar que el Ministerio Público ha investigado en la presente causa la supuesta comisión de los hechos punibles contra el patrimonio público y de alto valor, mediante la utilización de fondos previstos para la reactivación económica en época de la crisis sanitaria debido al covid-19 declarada por Ley Nro. 6524/2020 y el Ministerio Público sostiene la importante participación del procesado Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo como la Fundación CIAP”, dice parte del fundamento judicial.
Seguidamente, la magistrada sostiene que “el Ministerio Público señala la relevancia de la conducta atribuida al citado procesado en el perjuicio económico causado al Estado paraguayo, quien a lo largo del proceso habría colaborado aportando elementos que permitirían llegar a la verdad real de los hechos, por lo que en virtud de ello se podría analizar la viabilidad de una salida anticipada”.
Pero a criterio de la jueza, el perjuicio patrimonial es considerado grave y más aún teniendo en cuenta el tiempo en que ocurrió.
“Teniendo en cuenta el objeto de la investigación y la naturaleza de los hechos punibles investigados, la pena solicitada no sería consecuente, atendiendo a la gravedad de los mismos, ya que los hechos que el Ministerio Público le ha atribuido son contra el patrimonio del Estado Paraguayo y de toda la sociedad y los mismos son de alto valor, más aún teniendo en cuenta el contexto de la pandemia y los fines de los fondos que fueron previstos para la reactivación económica”, manifestó Cañete.