Nuestro diario accedió al Acuerdo y Sentencia N° 139 del 2 de marzo de 2017 que dictó la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, por el que se hace lugar a la acción de inconstitucionalidad planteada en la causa N° 613/2016 caratulada “Tristán Ernesto Marquizo Goldemberg c/ art. 41° de la ley N° 2856/06. Los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica (+) y Miryam Peña firmaron la resolución judicial.
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La acción fue promovida por la abog. Lourdes Beatriz González Gómez, en representación de Tristan Ernesto Marquizo Goldember, contra del artículo 41° de la Ley 2856/06. La letrada es socia comercial de Asdrúbal Fretes, hijo del ministro Antonio Fretes, por lo que éste último tenía causal para apartarse de la sala que atendió la acción, pero no lo hizo.
Por su parte Marquizio Goldemberg es ex funcionario del banco Continental, entidad que está vinculada a Asdrúbal Antonio Fretes, y actualmente figura como el gerente de Riesgos de Banco Río, cuyo presidente es Óscar Diésel, el hermano del también ministro de la Corte Suprema César Diésel.
En su acción la abogada alegó que la norma atacada de inconstitucional “transgrede no solo los derechos adquiridos, sino también violenta el principio de igualdad consagrado en la Constitución Nacional”, ya que exige una antigüedad superior a los 10 años para tener derecho a la devolución de aportes jubilatorios.
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En su voto el ministro preopinante Antonio Fretes indicó que la aplicación del artículo 41° de la Ley N° 285/06 “implica un trato claramente discriminatorio hacia los asociados bancarios que, como en el caso del accionante, hayan sido desvinculados de la actividad bancaria y que no cuenten con los años requeridos para acceder a la devolución de sus aportes”, según indicó.
En consecuencia, Fretes votó por hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad y las entonces ministras Miryam Peña (actual decana de la Facultad de Derecho) y Gladys Bareiro de Módica (fallecida en agosto de 2021) se adhirieron a la postura.
Fretes no se aparta de acción planteada por Itaipú
La otra acción de inconstitucionalidad a la que ABC tuvo acceso es la planteada por la Itaipú Binacional en la causa N° 1233/2014 caratulada “Alejo Martín Núñez y otros c/ Entidad Binacional Itaipú s/ cobro de guaraníes en diversos conceptos laborales”. La contraparte pidió que el ministro Fretes se aparta de atender la garantía constitucional, teniendo en cuenta que su hijo Amilcar Alfredo era funcionario de la hidroeléctrica al momento de presentarse la acción.
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No obstante, el expediente está “cajoneado” y hasta hoy el ministro Antonio Fretes no se apartó, según denunció a ABC Color el abogado Luis Zárate, quien planteó un incidente de nulidad de actuaciones en contra de la intervención de Fretes, tras es escándalo que involucra a su hijo Amilcar Alfredo.