Caso Filártiga: Estado recurre a la CSJ contra fallo que lo condena a pagar US$ 39 millones

El procurador general del Estado Rodolfo Barrios, presentó una acción de inconstitucionalidad contra sentencias de primera y segunda instancias que obligan al Estado paraguayo a pagar US$ 39 millones, en un juicio iniciado por el Dr. Joel Filártiga. Afirma que ambas sentencias son arbitrarias.

El procurador general de la República Rodolfo Barrios (izq.). presenta la acción ante la Corte Suprema de Justicia. Lo acompañan los abogados César Trapani y Hernán Huttemann, asesor jurídico y secretario general de Presidencia de la Rca, respectivamente.gentileza
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La sentencias cuya nulidad solicita el procurador general Rodolfo Barrios condenan al Estado paraguayo a pagar casi US$ 40 millones en cumplimiento de un fallo internacional dictado en el juicio iniciado por el Dr. Joel Holden Filártiga Ferreira. Es en concepto de indemnización por el asesinato de su hijo Joelito Filártiga, de 17 años, ocurrido en 1976 a manos de las fuerzas policiales del régimen dictatorial de Alfredo Stroessner.

La demanda en reclamo de indemnización fue iniciada en el 2013 por el padre de Joelito, el Dr. Joel Filártiga-ya fallecido- y su hija Dolly. Sin embargo, las personas que serían beneficiadas con el millonario pago no son familiares de la víctima, sino los abogados Gregorio Daniel Acosta Talavera y Jorge Nicanor Galeano Willigs.

Los fallos cuestionados son la S.D. N.° 36 del 01 de marzo del 2022, dictada por el juez en lo civil y comercial del 14° turno, Guillermo Riveros y el Acuerdo y Sentencia N.° 61 del 08 de agosto pasado, dictado por el Tribunal de Apelación en lo civil y comercial, Cuarta sala, en mayoría. Este último lleva la firma de los camaristas Linneo Ynsfrán, Guillermo Zillich y Juan Carlos Paredes, quien votó en disidencia por considerar que la acción se promovió en forma extemporánea.

La acción presentada por el procurador y los procuradores delegados Neri Walter Fleitas Valdez y Federico Eduardo Miller Tellechea, sostiene que las sentencias referidas son claramente arbitrarias pues contradicen la Carta Magna y las leyes.

Dr. Joel Holden Filártiga Ferreira, quien falleció el 5 de julio del 2019 a los 86 años y dejó tres hijas de su matrimonio con Nidia Pilar Speratti: Dolly, Analy y Katia Filártiga Speratti.

Fallos contra el Estado son arbitrarios, afirma procurador

“Los arbitrarios fallos condenan al Estado paraguayo a pagar la sideral, escandalosa y vergonzosa suma de 39.400.392 USD, resarcimiento nunca antes visto en la historia del Poder Judicial de la República del Paraguay, con evidentes visos de flagrantes arbitrariedades en el modo de resolver el caso –como lo veremos a lo largo de la presente acción, utilizando fundamentos como “estimamos apropiado el monto señalado como indemnización”– y otros tantos vicios que adolecen ambos fallos judiciales que necesariamente deben ser expulsados del tráfico jurídico por su notoria y palmaria arbitrariedad”, señala la acción.

La acción destaca que la sentencia dictada en los Estados Unidos condenó al policía Américo Peña Irala al pago de la suma de US$ 5.175.000 a favor de la señora Dolly Filártiga y la suma de US$ 5.210.364 a favor del señor Joel Holden Filártiga Ferreira en el año 1984.

Luego de 20 años, los accionantes pidieron al Tribunal norteamericano la actualización de la condena impaga por Peña Irala, y se estableció, a favor de Joel Holden Filártiga, la suma de US$ 39.400.392 y en este contexto, se impulsó el juicio en el que se dictaron las sentencias ahora atacadas de nulidad.

“En la sentencia extranjera se indicó claramente que: “el Paraguay no ha ratificado los actos del señor Peña Irala, por lo que esto en sí es suficiente para demostrar que no fueron actos de Estado”(Filártiga v. Peña-Irala, 577 F. Supp. 860, 862 (E.D.N.Y. 1984).. Y que: “Aquí Peña es el demandado. No Paraguay” [Filártiga v. Peña-Irala, 577 F. Supp. 860, 865 (E.D.N.Y. 1984). ]. Por ende, la sentencia extranjera dejó en claro que Américo Peña Irala actuó en carácter personal, es decir, no actuó en ejercicio de sus funciones, por lo que la responsabilidad no podía ser imputada al Paraguay”, sostiene la acción.

Piden que pleno de la Corte estudie la acción de inconstitucionalidad

El asesor jurídico de la Presidencia de la República, Abog. Carlos César Trapani, puntualizó que en el escrito presentado solicitan que el máximo tribunal dicte una medida cautelar de urgencia, suspendiendo los efectos de los fallos atacados de inconstitucional, mientras se resuelve el fondo de la cuestión.

Además resaltó que peticionan que la acción sea analizada por Sala Constitucional ampliada, es decir, por el pleno de la Corte Suprema de Justicia.

“Nos parece muy llamativo que el Estado paraguayo se vea expuesto con dos sentencias arbitrarias que parecían replicar la ejecución del fallo de un tribunal extranjero, donde el Estado paraguayo no estuvo involucrado, pero al final de cuentas sería quien tenía que responder con una suma exorbitante con dinero de todos los paraguayos”, expresó Trapani.

Por su parte el jefe de Gabinete Civil de la Presidencia, Hernán Huttemann, informó que antes de la presentación del escrito conversaron con el ministro César Diesel, integrante de la Sala Constitucional, quien garantizó celeridad en el tratamiento de la acción promovida.

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