Ley de electromovilidad no pretende una exclusión de igualdad, según asesor jurídico de la Presidencia

Desde la Asesoría Jurídica de la de Presidencia de la República aclaran que la ley promulgada sobre electromovilidad no viola la Constitución Nacional. Asimismo, aclara que tampoco se pretende generar una exclusión de igualdad.

Un automóvil eléctrico es cargado en una calleJONATHAN NACKSTRAND
audima

El asesor jurídico de la Presidencia de la República, Carlos Trapani, analizó la Ley N° 6925 de incentivo y promoción del transporte eléctrico en Paraguay, que fue promulgada hoy por el presidente Mario Abdo Benítez luego de que el Congreso haya rechazado el veto a esta iniciativa.

Aclaró que el Poder Ejecutivo, cuando analiza un proyecto de Ley, realiza un control de inconstitucionalidad sobre cada punto.

Sobre el artículo en el que se reglamenta la exoneración de pago de estacionamientos para vehículos eléctricos, alegó que la ley no pretende generar una exclusión de igualdad.

“Las leyes tributarias también generan exoneraciones y que responden a principios económicos y sociales justos. Es relevante preguntarse a quién vamos a cobrar, a quién no y qué vamos a incentivar”, expresó.

Trapani resaltó que ahora nos debería preocupar son los resultados que efectivamente se van a derivar de este régimen. “Si vamos a tener un manejo de los recursos energéticos más eficientes y que al mismo tiempo vamos a garantizar la movilidad de las personas. Si vamos a tener un uso racional de los recursos públicos”, detalló.

Reiteró que, si se trata de pensar en la constitucionalidad de la ley, hay algunas preguntas que se pueden dar. “Todos estamos de acuerdo en cuidar el medio ambiente”, dijo.

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