Los abogados Rodrigo González Planás y Gustavo González Planás, representantes legales en la causa Nº 72/2020, caratulada “Tania Carolina Irún Ayala s/ prevaricato”, solicitaron al juez Yoan Paul López la suspensión de la audiencia preliminar en la que se debe resolver si el caso es elevado a juicio oral.
Los defensores piden la suspensión de la audiencia preliminar prevista para el miércoles 19 de octubre del corriente año porque ambos abogados actúan como querellantes adhesivos en el juicio oral caratulado “Gerardo Stadecker Brom s/ feminicidio”, que tiene previsto el juicio oral para las fechas 4, 5, 6, 10, 12, 13, 14, 18, 19, 20, 24, 25, 27, 28 y 31 de octubre del 2022.
Los abogados Rodrigo González Planás y Gustavo González Planás finalmente solicitan al juzgado a cargo del juez Yoan Paul López, la fijación de una nueva fecha para sustanciar la audiencia preliminar.
Fiscalía pidió sobreseimiento provisional de la exjueza Tania Irún
La fiscala Natalia Fúster al solicitar el sobreseimiento provisional de la exjueza Tania Rosa Carolina Irún Ayala, alegó que el Ministerio Público requería de documentos provenientes del extranjero. Los documentos con los que espera contar la fiscala Fúster son el solicitado por Requerimiento fiscal N° 65, del 3 de mayo de 2021, dirigido a autoridades de las Islas Vírgenes Británicas; una complementación y una ampliación de ese mismo requerimiento, hechas el 29 de octubre de 2021 a las autoridades de la República de Chipre.
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Querella acusó y pidió juicio oral para Tania Irún
El abogado Osvaldo Bittar, en representación de la Asociación Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, en su condición de querellante adhesivo en la causa N° 72/2020 “Tania Carolina Rosa Irún Ayala s/ prevaricato”, presentó el lunes 3 de octubre, acusación y requirió la elevación del caso a juicio oral y público.
El prevaricato se constató porque en contra de lo que dispone la ley “favoreció o perjudicó a una de las partes “. En este caso las firmas beneficiadas por la exjueza son Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Elite Kingdom Investment Limited y Firstar Investment Limited, y, como parte perjudicada la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial.
Para la querella la actuación dolosa de la exmagistrada se resume en las siguientes actuaciones:
1. La misma poseía un permiso de maternidad, que abarcaba desde el 24 de Setiembre de 2018 al 27 de enero de 2019, por un plazo de seis meses;
2. A pedido de la misma, el permiso fue dejado sin efecto en fecha 23 de Noviembre de 2023, misma fecha del dictado de la cuestionada sentencia judicial S.D. N° 494 de fecha 23 de Noviembre de 2018;
3. La sentencia ya estaba siendo elaborada desde el 20 de Noviembre de 2018, siendo formateada con el usuario de la funcionaria Liz Karol Cáceres Candia, y en fecha 23 de Noviembre de 2018, la sentencia fue levantada al sistema Judisotf ya con el usuario de la hoy acusada, pero siempre desde el computador de la funcionaria Liz Karol Cáceres Candia, quien finalizó la actuación;
4. Ha tenido por probado que los inmuebles objetos del litigio se encontraban en la zona de seguridad fronteriza, pero sin embargo no ha corroborado, porque no tenía forma de hacerlo, la identidad y nacionalidad de los accionistas de las cuatro firmas actoras de la demanda, mintiendo alevosamente sobre dicha situación al afirmar en el considerando de la sentencia haberlo hecho, violando así el Artículo 2° de la Ley N° 2532/05 ‘De Seguridad Fronteriza de la República’;
5. Ha omitido hacer mención alguna acerca de las características de las acciones que conforman las cuatro firmas actoras de la demanda, apartándose así mismo de las exigencias taxativas que impone el Artículo 4° de la Ley N° 2532/05 ‘De Seguridad Fronteriza de la República”;
6. No observó el Artículo 8° de la Ley N° 2532/05 ‘De Seguridad Fronteriza de la República”, ya que le impone el deber de hacer en conjunto con otros funcionarios y notarios públicos, estos dos últimos sin intervención hasta el momento.
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El proceso por prevaricato
En enero de 2022, la agente fiscal Fúster imputó a Irún Ayala por prevaricato y en su acta señaló que el 23 de noviembre de 2018, la entonces jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 15° Turno de la Capital, dictó la Sentencia Definitiva N° 494, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial s/ cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”.
Con ese fallo, hizo lugar a la demanda de cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública promovida contra la secta Moon, violando así la Ley Especial N° 2532/05 de Seguridad Fronteriza, según la imputación fiscal.
El JEM la destituyó
En 2021, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) destituyó a Tania Irún Ayala de su cargo como jueza al corroborar que incurrió en mal desempeño de funciones, al entregar tierras chaqueñas en zona de seguridad fronteriza a firmas extranjeras.
Ante su remoción, Irún Ayala planteó una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.