Caso Sabryna Breuer: ratifican a tribunal y piden sancionar a Stadecker por chicanas

La Cámara de Apelaciones rechazó la segunda recusación planteada por la defensa de Gerardo Stadecker y confirmó al Tribunal de Sentencia que debe juzgarlo por presunto feminicidio en la muerte de su esposa Sabryna Breuer. Además, dispuso que el colegiado de sentencia sancione al procesado y sus abogados por las constantes chicanas.

Gerardo Stadecker ingresa a la sala de juicios. Atrás el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Manuel Aguirre (presidente), Rossana Maldonado y Lourdes Peña.Gustavo Machado
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Por improcedente, el Tribunal de Apelación Penal 2ª Sala de la Capital, integrado por los camaristas Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera Cañete y Waldir Servín, rechazó la segunda recusación planteada por la defensa del acusado de supuesto feminicidio Gerardo Stadecker Brom y confirmó en el Tribunal de Sentencia a los jueces Manuel Aguirre, Lourdes Peña y Rossana Maldonado.

Asimismo, el tribunal de alzada dispuso que el colegiado de sentencia aplique las sanciones establecidas en los artículos 112, 113 y 114 del Código Procesal Penal para Stadecker y su defensa, ejercida por los abogados Federico Campos López Moreira y Francisco Ramón Ramírez.

El pedido de sanciones para el acusado y su defensa responde a los recursos dilatorios planteados, teniendo en cuenta que en solo tres audiencias del juicio oral han recusado en dos ocasiones a los magistrados.

Con esta decisión de la Cámara de Apelaciones, el Tribunal de Sentencia tiene vía libre para continuar con el juzgamiento y aplicar las sanciones disciplinarias al acusado de supuesto feminicidio y sus representantes legales.

Argumentos de la defensa de Gerardo Stadecker

Esta segunda recusación fue planteada en la audiencia del lunes último, con el argumento de supuestas irregularidades en el manejo del traspaso de las evidencias y elementos de un actuario a otro, denunciadas en redes sociales por María Estela Bóveda, una de las actuarias que además aseguró sufrir supuestos “maltratos” por parte de miembros del tribunal.

Otro de los puntos argumentados por la defensa de Stadecker fue que supuestamente el presidente del tribunal, el juez Manuel Aguirre, se habría dirigido de manera “intimidatoria” hacia uno de los abogados defensores.

“Me sentí intimidado por el presidente, a quien respeto como ser humano y excelente magistrado, creo que me trató de manera indecorosa”, fundamentó el abogado Federico Campos López Moreira.

A casi 5 años de la muerte de Sabryna Breuer

Sabryna Breuer, abogada de 40 años y madre de 3 hijos, fue hallada muerta en su casa en el barrio Mburucuyá el 17 de diciembre del 2017. Stadecker declaró a los investigadores que encontró a la víctima caída en el vestidor de la casa, vomitando sangre, de manera de presentar el hecho como una muerte producida por un accidente cerebrovascular o algo similar.

Sin embargo, la autopsia realizada por el Dr. Pablo Lemir determinó que la mujer recibió un puñetazo que le provocó la rotura de la aurícula izquierda del corazón, rastros de fracturas en el cuello y otros indicios de que fue estrangulada.

Gerardo Stadecker Brom, quien está preso en la cárcel de Emboscada desde diciembre de 2017, fue acusado en base al Art. 50 de la Ley Nº 5777/2016 “De protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia”, en calidad de autor, y se expone a una condena de hasta 30 años de cárcel.

Junta médica determinará causa de muerte de Sabryna

Por otro lado el colegiado de sentencia admitió la realización de una junta médica para definir la causa de muerte de Sabryna Breuer. Para el efecto, cada parte deberá designar un profesional perito y los puntos para el acto investigativo, según destacó el presidente del tribunal.

Al plantear el incidente de inclusión probatoria, el abogado Federico Campos López Moreira cuestionó que en la etapa preparatoria no se haya hecho ni la reconstrucción de los hechos ni la junta médica, que según afirmó son fundamentales para que una investigación sea válida.

Al respecto la fiscalía contestó que la reconstrucción de los hechos está admitido como prueba a ser producida en el juicio oral y público e indicó que en el momento procesal oportuno, que es la audiencia preliminar, la defensa no solicitó la realización de la junta médica.

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