El denunciado por maltrato animal se dedica al reciclaje utilizando un carro estirado por un caballo para juntar objetos de la calle. Vecinos del barrio San Roque de Lambaré lo denunciaron ante el visible maltrato.
Agentes de la Comisaría 16 intervinieron en el hecho y rescataron al animal, que quedó a cargo de la Fundación Marys Llorens. No hay detenidos, explicó el agente interviniente.
Otros vecinos piden ayuda para el reciclador y su hijo
El denunciado, que se decida al reciclaje, tiene un hijo enfermo al que mantiene con la venta de lo que recoge en la calle, según vecinos.
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Por lo tanto, solicitan ayuda para el hombre, que ahora quedó sin su medio de transporte, sin dejar de reconocer que eran testigos del maltrato animal.
Ley 4.840/2013 De Protección y Bienestar Animal
Artículo 39 - Mínimos y máximos imponibles:
a) Las infracciones leves se sancionarán con una multa de 5 (cinco) a 100 (cien) jornales mínimos.
b) Las infracciones graves se sancionarán con una multa de 101 (ciento uno) a 500 (quinientos) jornales mínimos.
c) Las infracciones muy graves, de 501 (quinientos uno) a 1.500 (mil quinientos) jornales mínimos.
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En la imposición de sanciones se tendrán en cuenta para graduar la cuantía de las multas y la imposición de sanciones accesorias los siguientes criterios:
i) Grado de sufrimiento del animal, la trascendencia social o sanitaria y el perjuicio causado por la infracción cometida.
ii) El ánimo de lucro ilícito y la cuantía del beneficio obtenido en la comisión de la infracción.
iii) La reiteración o reincidencia en la comisión de infracciones, así como la negligencia o intencionalidad del infractor.
iv) El daño a la especie o a la biodiversidad.