El Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH) dispone de un producto dirigido a la clase media. Eso, debido a que no toda la población económicamente activa cumple con los requisitos financieros para acceder a un préstamo de la primera vivienda en un banco, cooperativa o financiera, vía fondos de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD).
El programa del MUVH contempla un subsidio para la compra de la primera vivienda, que debe estar terminada, en zonas urbanas de cualquier municipio del país, para familias con ingresos de entre 1,5 hasta 7 salarios mínimos, con posibilidades de postular montos de hasta G. 663 millones, informaron en el ente.
Lea más: Vivienda propia en Paraguay, ¿un sueño posible?
Casa propia: ¿En qué consiste la ayuda del MUVH?
El Muvh tiene abierta la postulación para recibir subsidio de la “Primera Vivienda”, que es un programa que cuenta con cuatro categorías, con subsidios de 5%, 10%, 15% y 20%, según el rango de precio del inmueble, que puede ser 1,2,3 ó 4.
Las viviendas elegibles para el subsidio son para soluciones habitacionales en zonas urbanas, con el valor máximo de 260 salarios mínimos, sean viviendas unifamiliares, duplex, bloque o multifamiliar y edificio departamento.
La categoría primera del subsidio es para rangos de precios de viviendas de entre G. 510 millones hasta G. 663 millones; la segunda, para rangos de precios de entre G. 382 millones y G. 510 millones; la tercera categoría, para rangos de precios de entre G. 253 millones y G. 382 millones; y la cuarta categoría, para precios de vivienda de hasta G. 253 millones.
Se debe destacar que los interesados postular para los subsidios de las categorías 1 y 2 deberán adjuntar el extracto de caja de ahorro donde conste el 5% del valor del inmueble a adquirir, en el momento de solicitar ser beneficiario de subsidio.
Lea más: Copacons en la Expo Mi Primera Vivienda
El programa Primera Vivienda se apoya en la Ley N° 5.638/16 de Fomento de la Vivienda y Desarrollo Urbano, pero con modificación de las condiciones generales para postular, ampliando el segmento de la población elegible y modificando el listado de documentación requerida para postular.
¿Quiénes pueden acceder al subsidio para la vivienda propia?
Los beneficiarios pueden ser familias o solteros y solteras, de nacionalidad paraguaya; así también, extranjeros con radicación permanente en el país y al menos un miembro del grupo familiar con nacionalidad paraguaya en calidad de dependiente económico y con quien tenga vínculo de familiar por parentesco hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo grado.
A su vez, debe ser mayor de edad y en ejercicio pleno de los derechos civiles. También se puede solicitar el financiamiento, con hermanos, tíos o primos, mayores de edad, que conviven juntos y aportan a la economía del hogar.
Técnicos del Muvh señalaron que con esta ampliación, se busca atender a un mayor segmento de la clase media, que ya ha manifestado interés en participar del programa, a través de diferentes consultas recurrentes, durante el periodo de implementación del mismo.
Lea más: Vivienda propia en Paraguay, ¿un sueño posible?
¿Cuáles son los requisitos de postulación?
Entre los requisitos exigidos figura el certificado de nacimiento, el de “Vida y residencia”, que acredite vivir con tíos/as o primos mayores de edad; a su vez, el certificados de trabajo, copia autenticada de la cédula de identidad de los solicitantes y un mínimo de seis meses de antigüedad laboral.
Este último requisito fue agregado atendiendo la experiencia de postulantes anteriores con antigüedad inferior que no lograron el ingreso de sus solicitudes de crédito complementario a ninguna de las Instituciones Financieras Intermediarias (IFI), por esa situación. Las IFI son los bancos, financieras y cooperativas que tienen los productos de la AFD, como el crédito de la primera vivienda.
La disponibilidad presupuestaria para el programa es de G 7.810.451.707 para dar curso a la ampliación, correspondiente al remanente existente del Programa Mi Vivienda, a la fecha, explicaron en el Muvh.
Señalaron que el aporte estatal es un fondo constituido por la ayuda del Estado, sin cargo de restitución, otorgado por una sola vez a los beneficiarios que reúnen las características y condiciones establecidas en la Ley N° 5638/16, Decreto reglamentario y reglamentaciones establecidas. El aporte puede ser del 5% al 20%.
Se destaca que el MUVH estableció alianzas con 21 entidades financieras, para cooperación en la concesión combinada de aportes estatales y créditos complementarios en el marco de la Ley Nº 5.638/16.