Caso RGD: ¿qué medida se aplicará para comisar sus bienes?

Para el caso del condenado Ramón González Daher, la justicia ordenó la medida de “comiso especial extensivo” de sus bienes, según detalló el abogado penalista Gustavo Gorostiaga. Conforme manifestó el profesional del derecho, esta medida no llegó a ser aplicada en muchas causas.

Ramón González Daher preso en Tacumbú.
audima

Al ejecutarse la condena de 15 años a Ramón González Daher y su hijo Fernando Ramón González Karjallo, se inicia otra etapa que es la del comiso de sus bienes que en conjunto constituyen la suma de US$ 47 millones. Al respecto, el abogado penalista Gustavo Gorostiaga brindó algunas explicaciones sobre este “comiso especial”.

Según manifestó el profesional, para el caso de RGD e hijo, la justicia ordena el “comiso especial extensivo”, tratándose de una sanción “aparte” y no muy común en las causas penales de nuestro país.

Mediante esto, Gorostiaga dijo que esta se da considerando las figuras delictivas y los beneficios o ganancias “legítimas” que uno pudo tener mediante la comisión de un hecho antijurídico, es decir, se ordenará el comiso especial de objetos del autor o del partícipe si las circunstancias permiten deducir que fueron obtenidos mediante un hecho ilícito.

“Si las circunstancias permiten inferir que todo ese dinero es proveniente de un delito, se aplica esta figura del comiso especial extensivo”, detalló.

RGD: ¿qué bienes se incautarán?

Según detalló la ministra de la Senabico, Teresa Rojas, en el caso de RGD se debe realizar un comiso que llegue a los valores de G. 240.554.525.035 y US$ 11.711.977.

Al respecto, Rojas detalló que recibió la notificación del tribunal que ordenaba el comiso especial de las cuentas bancarias -presentes en varios bancos locales- con saldos disponibles hasta llegar a cubrir las sumas expresadas.

Asimismo, la ministra manifestó que la jueza de ejecución Sandra Silveira es quien debe realizar de oficio el comiso de los bienes de González Daher y de González Karjallo, para que estos luego sean transferidos a una cuenta del Tesoro público y de ahí pasen a ser administrados por el Ministerio de Hacienda.

Una vez en Hacienda, esta cartera estatal estaría realizando una distribución en porcentajes a otras instituciones públicas.

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