Ejecutivo sobre ley de afrodescendientes: “El objeto, en términos generales, no es algo malo”

Desde el Poder Ejecutivo justificaron que la ley de afrodescendientes, que fue promulgada el lunes pasado, por sí misma no plantea irregularidades que contravengan principios constitucionales. “El objeto de esta ley, en términos generales, no es algo malo”, afirmaron.

La agrupación Kamba Kua festejó la promulgación de la ley de afrodescendientes.abc color
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El lunes pasado, el Poder Ejecutivo promulgó la denominada ley de afrodescendientes, que fue impulsada por la Secretaría Nacional de Cultura (SNC) y varias organizaciones afrodescendientes de nuestro país, como Kamba Kua.

La promulgación de esta normativa es considerada como histórica para la población afroparaguaya, ya que reconoce, visibiliza y da promoción a la cultura afro de nuestro país, según indicaron.

No obstante, existe un aspecto controversial en cuanto a la ley que cuestionan algunos sectores. Se trata de la creación de un Registro Nacional de Personas Afrodescendientes, dependiente del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Los que cuestionan la normativa refieren que la misma va en contra de la Constitución Nacional, que no permite la discriminación o segregación de personas por rasgos raciales.

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¿Por qué el Ejecutivo promulgó la ley de afrodescendientes?

El asesor jurídico de la Presidencia, Carlos Trapani, se refirió esta mañana en ABC Cardinal sobre esta ley y manifestó que no fue vetada debido que no consideraron que existan irregularidades en torno a la misma.

“Algún tipo de regulación que propenda a regular la discriminación no es per se (por sí misma) incorrecta”, comentó, atendiendo a que el espíritu de la ley -según consta en la misma- plantea mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación hacia afrodescendientes.

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Trapani, igualmente, afirmó que “el objeto de esta ley, en términos generales, no es algo malo”.

Asimismo, manifestó que el Poder Ejecutivo se basó para la promulgación en la pertinencia que tuvieron los legisladores proponentes y quienes dieron su aprobación en ambas Cámaras del Congreso.

La Constitución y la igualdad entre personas

El artículo 46 de la Constitución Nacional, sobre la igualdad de las personas, refiere: “Todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos. No se admiten discriminaciones. El Estado removerá los obstáculos e impedirá los factores que las mantengan o las propicien”.

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También agrega que “las protecciones que se establezcan sobre desigualdades injustas no serán consideradas como factores discriminatorios sino igualitarios”.

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