La última vez que el Consejo de la Magistratura (CM) que preside el Abog. Oscar Paciello Samaniego integró regularmente ternas en su sesión ordinaria fue el 29 de noviembre de 2021. Desde entonces, solamente, a través del Edicto N° 1/2022 se convocó a los postulantes para que se inscriban los interesados en cubrir los dos cargos que entonces iban a quedar vacantes ante la salida de los ministros Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka, ahora exmiembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), quienes abandonaron la judicatura, conforme lo establece la ley, por cumplir ambos 75 años de edad.
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Una situación que incidió sobremanera para que haya retraso para la conformación de las ternas de los cargos de jueces, fiscales y defensores públicos fue el cuestionado examen de conocimientos generales y específicos que tomó el Consejo de la Magistratura, en el que hubo aplazos masivos. Los cuestionamientos bajaron desde los gremios de magistrados como de fiscales porque las preguntas de los exámenes no habrían sido elaborados correctamente, se prestaban a confusiones y requerían de memorización, en otros casos.
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Sin fecha para ternas de la Corte y Fiscalía General
Otro hecho que llama la atención es la falta de definición del Consejo de la Magistratura para fijar las fechas de inicio de los procesos de conformación de ternas para cubrir los cargos en la Corte Suprema de Justicia y en la Fiscalía General del Estado.
En marzo de 2023, el ministro de Corte Antonio Fretes y la fiscala general Sandra Quiñónez deben dejar sus funciones, por dos motivos diferentes. En el caso del alto magistrado, deberá abandonar de forma indefectible la Corte porque Fretes cumplirá en marzo cumple 75 años. A partir de esa edad ya no se puede ejercer la función de magistrado.
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En el caso de Sandra Quiñónez, el 10 de marzo se cumplen los 5 años del periodo por el cual fue seleccionada para ejercer el cargo de fiscala general del Estado. Sin embargo, hay que aclarar que en el caso de Quiñónez la ley contempla la posibilidad de seguir en el cargo, por reconducción tácita.
La Constitución Nacional preceptúa que la única función del Consejo de la Magistratura es la de conformar ternas para los diferentes cargos del sistema de justicia de nuestro país. Sin embargo, este órgano incumple este mandato hace unos 8 meses.
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Lo que ordena la Constitución Nacional
La Carta Magna en su Sección III, sobre el Consejo de la Magistratura, dispone:
Artículo 264 – De los deberes y las atribuciones:
1. proponer las ternas de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, previa selección basada en la idoneidad, con consideración de méritos y aptitudes, y elevarlas a la Cámara de Senadores para que los designe, con acuerdo del Poder ejecutivo;
2. proponer en ternas a la Corte Suprema de Justicia, con igual criterio de selección y examen, los nombres de candidatos para los cargos de miembros de los tribunales inferiores, los de los jueces y los de los agentes fiscales;
3. elaborar su propio reglamento, y
4. los demás deberes y atribuciones que fijen esta Constitución y las leyes.
Miembros del Consejo
También son miembros del Consejo de la Magistratura la representante del Poder Ejecutivo Mónica Seifart de Martínez (vicepresidente), el ministro de Corte Eugenio Jiménez Rolón, el senador del PDP Pedro Santa Cruz, el diputado colorado Roberto Eudez González, el representante de la Universidad Nacional Gustavo Benicio Miranda, el representante de las universidades privadas César Ruffinelli y el representante de los gremios de abogados Jorge Bogarín Alfonso.