Salud debe proveer medicamento a niños con AME

El juez en lo civil y comercial del segundo turno, Arnaldo Martínez Rozzano hizo lugar a un amparo contra el Ministerio de Salud Pública y ordenó a la citada cartera de Estado adquirir y proveer el medicamento requerido para el tratamiento de la Atrofia Muscular Espinal (AME) a 23 niños, niñas y adolescentes.

Un niño con AME recibe asistencia. (Foto ilustrativa)Shutterstock
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La sentencia dictada por el juez en lo civil y comercial Arnaldo Martínez Rozzano establece que el Ministerio de Salud Pública tienen 10 días corridos para cumplir la decisión judicial de proveer medicamento a 23 niños que padecen Atrofia Muscular Espinal (AME), cuyos padres han recurrido a la justicia ante la falta de respuesta del Estado.

El magistrado hizo lugar el amparo presentado por el abogado Arnaldo Balbuena a favor de 23 niños diagnosticados con Atrofia Muscular Espinal (AME), con edades entre 1 a 14 años. En consecuencia, el Ministerio de Salud Pública debe financiar y suministrar a los pacientes identificados en la presentación el medicamento requerido, Risdiplam (Evrysdi).

Plazo para informar sobre compra de medicamento para AME

Asimismo, Martínez Rozzano dispuso que “el Fondo Nacional de Recursos Solidarios Para la Salud (Fonaress), creado por Ley N 4392/2011, informe a este juzgado dentro del perentorio plazo de diez días (10) corridos las medidas adoptadas para hacer efectivo lo que se ha ordenado en el punto dos de la presente, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo se remitirán los antecedentes al Ministerio Público”.

“(...)la Constitución Nacional paraguaya hace expreso reconocimiento al Estado Social de Derecho y con ello garantiza la calidad de vida y el derecho a la salud, debiendo en primer lugar proteger y promover la integridad física y psíquica como derecho fundamental de la persona. Asimismo, establece que nadie será́ privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades”, concluye el magistrado, quien fundamenta su decisión en nuestra Carta Magna y otras disposiciones legales nacionales e internacionales.

Arnaldo Martínez Rozzano, juez en lo civil y comercial del segundo turno.

Asimismo, el magistrado Martínez Rozzano destaca la gravedad de la enfermedad, que justifica sobradamente la urgencia requerida en los casos de amparo.

“La AME es una enfermedad neuromuscular grave y progresiva debido a la degeneración y muerte de neuronas motoras de la asta anterior de la médula espinal por una mutación en el gen SMN1 localizado en el cronograma 5q 11.2-13.3, y manifestándose con un espectro clínicamente variable. La AME ha sido clasificada por el Consejo Internacional de AME, en cuatro tipos clínicos teniendo en cuenta la edad de inicio de los síntomas y los máximos logros motores alcanzados. Es una Enfermedad Catastrófica el propio protocolo considera, que la AME es la segunda causa genética de muerte infantil tras la fibrosis quística, así como es el segundo trastorno neuromuscular más frecuente en la infancia tras la enfermedad de Duchenne”, destaca la resolución.

El pasado 6 de julio, el juez había dictado una medida de urgencia en el mismo sentido, para que los pacientes pudieran acceder a la medicación, de vital importancia para el tratamiento.

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