IPS extiende plazo para que jubilados demuestren “estar vivos” a distancia

La suspensión de la “sobrevivencia presencial” fue extendida por parte del Instituto de Previsión Social hasta el 31 de diciembre de este año. La medida afecta a los jubilados y pensionados de la previsional que debían acudir hasta la Dirección de Jubilaciones de la previsional para demostrar que siguen vivos.

Resolución del IPS sobre extensión de la suspensión del plazo para la sobrevivencia presencialgentileza
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El Instituto de Previsión Social emitió una resolución por la que establece extender el plazo de la suspensión temporal de la sobrevivencia presencial de los jubilados y pensionados residentes en el territorio paraguayo. En palabras más simples, los jubilados y pensionados de la previsional que se encuentran en el territorio nacional ya no deben acudir hasta las oficinas para demostrar que siguen vivos.

La suspensión temporal de la “sobrevivencia presencial” ya fue establecida desde el 21 de abril del 2020 y extendida consecutivamente hasta el 31 de diciembre de este año.

Depuración de datos

La previsional utiliza un sistema implementado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC) en el que cruza datos con la base de datos del Ministerio de Salud y del Registro Civil en cuanto al registro de las defunciones y óbitos con el que cuentan, además de la misma base de datos de IPS, a fin de depurarla antes de realizar los pagos.

La directora de Jubilaciones del Instituto de Previsión Social, Lourdes Lobo, afirmó que con esta medida se busca depurar la base de datos. Al hacer el cruce de datos tanto con los óbitos informados por parte del Ministerio de Salud, de los centros asistenciales de IPS o con las defunciones registradas en el Registro Civil, se carga en categoría de “Presunto Difunto” de manera que no se realice el pago. Sin embargo, si por error un jubilado o pensionado ingresa a esta categoría, se puede revertir. En caso de confirmar mediante un certificado de defunción acercado por algún familiar, se confirma que el jubilado o pensionado ya no percibirá el haber correspondiente.

Residentes en el exterior

Para los jubilados y pensionados residentes en el exterior, la resolución establece que deben presentarse ante las oficinas de la Embajada o Consulado Paraguayo en el país de residencia y solicitar la expedición del Certificado de Sobrevivencia. El jubilado y/o pensionado deberá remitir el documento original por correo postal o electrónico a las oficinas del Departamento de Gestión de Beneficios por Convenios e Intercajas a fin de actualizar la sobrevivencia.

En el caso de que el país tenga instituciones competentes con los que Paraguay tenga suscritos y vigentes convenios Bilaterales o Multilaterales de Seguridad Social, se puede gestionar desde dichas instituciones el certificado de sobrevivencia, teniendo que remitir el mismo organismo de enlace y/o funcionario registrado desde su correo institucional los documentos validados por la institución.

El IPS también establece que los jubilados y pensionados que cobran sus haberes de la previsional envíen un correo electrónico a las oficinas del Departamento de Gestión de Beneficios por Convenios e Intercajas con una foto nítida de su cédula, además de una foto suya (del jubilado o pensionado) con un diario local con fecha del día que envía el correo electrónico, para que posteriormente se verifique la fecha del mismo y determinar así la fecha de vencimiento.

Conversan sobre sistema a distancia permanente

La directora Lourdes Lobo aseguró que mantienen conversaciones con las autoridades del Instituto de Previsión Social para mantener el sistema de actualización de sobrevivencia a distancia. “Muchas veces tanto el traslado como la dependencia de muchos jubilados y/o pensionados hacen que acudir hasta las oficinas sea dificultoso tanto para el jubilado, como para sus familiares, es por eso que estamos conversando de que este sistema que estamos implementando sea permanente”.

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