Paciello reiteró que Senadores no puede devolver ternas y defendió inclusión de postulante

Nuevamente el titular del Consejo de la Magistratura (CM) Óscar Paciello, reiteró que la Cámara de Senadores no tiene facultad legal para devolver ternas para la Justicia Electoral. Al contrario, los legisladores tienen plazo de 30 días para designar a los propuestos. También aseguró que tienen prohibido celebrar acuerdos políticos para conformar ternas y que no hubo maniobra para incluir al sexto postulante.

Conferencia de prensa en el Consejo de la Magistratura a cargo de Oscar Paciello (c), Mónica Seifart y César Ruffinelli. Fue sobre la conformación de ternas para el TSJE.GENTILEZA
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Una vez más el presidente del Consejo de la Magistratura Abog. Oscar Paciello Samaniego, en conferencia de prensa a la que convocó en la mañana de este miércoles, aseguró que la Cámara de Senadores no tiene la facultad legal para devolver ternas al Consejo, de los candidatos propuestos para miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Fue más allá y dijo que por el contrario, la Ley N° 5208/2014 “Que establece plazos para la designación, nombramiento o prestación de acuerdo para el ejercicio de cargos públicos”, obliga a los parlamentarios a designar a los candidatos de ternas en el plazo de 30 días.

Al ser consultado si se sentía apretado por la amenaza de los senadores de rechazar o devolver las ternas para el TSJE, Paciello dijo que “estamos convencidos que actuamos con total transparencia desde el inicio, pese a que muchos resultaron lesionados en sus pretensiones para ser ternados. No tenemos preocupación en ese sentido. Los constituyentes tuvieron en cuenta que el Consejo de la Magistratura debe actuar con prescindencia de las apetencias políticas. Solamente la honorabilidad, los méritos y aptitudes de los candidatos deben ser tenidos en cuenta y ninguno de los seis ternados adolece de esta condición”.

En el mismo sentido, Paciello también dijo que el hecho que los dos mejores puntuados (Emilio Camacho y César Rossel) estén en la misma terna, no es un error ni hay disposición en contrario al respecto. El Consejo está para conformar ternas con los más idóneos y que ellos tienen prohibido celebrar acuerdos políticos, refirió cuando se le señaló que la inclusión de los dos candidatos produjo el enojo de los políticos opositores.

Paciello asimismo manifestó en la conferencia que los consejeros no se pueden inmiscuir en lo que vaya a decidir el Senado, con relación de la devolución de ternas, pero aseguró que las ternas fueron conformadas de acuerdo al mandato constitucional, lo que ordena la ley y el reglamento del Consejo de la Magistratura.

Obligados a dar puntuación

En la conferencia de prensa de la que también participaron los consejeros Mónica Seifart de Martínez y César Ruffinelli Buongermini, Paciello aseguró que el Consejo de la Magistratura estaba obligado a dar los 5 puntos que reclamó el postulante juez electoral Gustavo Ariel López Benítez, por la antigüedad de 10 años en el ejercicio como docente en la UniNorte, en la materia de Criminología, que gracias a este beneficio se convirtió en el sexto ternable para el TSJE.

Paciello explicó que el Consejo de la Magistratura rechazó el reclamo del postulante por presentación extemporánea, pero QUE no tuvieron en cuenta que López Benítez reside en la ciudad de Concepción, y que de acuerdo al Artículo 63 del reglamento de conformación de ternas para el TSJE dispone: “En cuanto a los vencimientos de plazos establecidos en este reglamento, regirá supletoriamente el Código Procesal Civil”, que en su artículo 149 dispone que se deben otorgar 1 día más de plazo por cada 50 km.

Ante una petición concreta realizada por López Benítez, el 21 de mayo pasado, pusieron a la consideración del pleno la situación del postulante, alegando lo ya mencionado y de acuerdo al reglamento y al Código Procesal Civil mencionado, se le concedieron los puntos, indicó Paciello.

Sin embargo, el senador Pedro Santa Cruz (PDP) se había opuesto a la concesión de puntos y alegó que no se podía utilizar de forma supletoria el Código Procesal Civil porque el Art. 13 del reglamento dispone claramente: “Asimismo, el postulante tendrá un plazo de 2 (dos) días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de los puntajes correspondientes a la evaluación de la idoneidad, para realizar los reclamos o estimaciones que considere pertinentes, en forma fundada y por escrito. Concluido dicho plazo, la etapa quedará preclusa”.

Es decir, al disponer el reglamento de forma expresa el fenecimiento para realizar los reclamos, no se podía haber utilizado supletoriamente el Código Procesal Civil, que debe emplearse solamente en los casos en que el reglamento nada diga al respecto, según lo señalado por el legislador.

Postulante iba a paralizar el proceso

Otra excusa que dio Paciello para justificar la presencia del sexto candidato en la terna, fue que el juez electoral Gustavo Ariel López Benítez iba a recurrir judicialmente su exclusión como ternable y con ello iba a paralizar todo el proceso de conformación de ternas que llevaba adelante el Consejo de la Magistratura.

Consultado si Paciello tuvo conocimiento de que López Benítez iba a demandar, dijo que el postulante conoce la ley porque es juez, y tenía la facultad de hacerlo.

Las ternas

Las ternas conformadas y que fueron enviadas a la Cámara de Senadores, para que con acuerdo del Poder Ejecutivo designe a los dos próximos ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral, en reemplazo de los cesados en funciones Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka, por cumplir 75 años de edad, está integrada con:

Terna 1: Emilio Camacho Paredes, César Emilio Rossel y Edgar Urbieta Vera

La terna 2 está integrada con: Myriam Concepción Cristaldo, Jorge Bogarín González y Gustavo Ariel López Benítez.

El Edicto N° 2/2022 fue el que convocó a los postulantes para llenar las vacancias en el TSJE.

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