El magistrado Rolando Duarte tomó la decisión de cerrar el proceso de extradición de José Luis Bogado Quevedo al Brasil debido a que las autoridades del vecino país no remitieron la documentación pertinente en el plazo establecido en el Tratado de Extradición.
Bogado Quevedo, de 38 años, fue detenido en el sanatorio capitalino al que fue derivado a raíz de las heridas de bala sufridas durante el atentado registrado el 30 de enero pasado en Ja’umína Fest de San Bernardino, en cumplimiento de una orden de captura internacional de la justicia brasileña.
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La orden fue requerida en el año 2018 por el juez penal de Jaú, São Paulo, Joâo Roberto Otávio Júnior, en un proceso en el que resultó condenado 17 años y 3 meses, además de 903 días de multa en el vecino país por organización criminal y violación a la ley de drogas.
Tras la detención de Bogado, se descubrió que circulaba sin inconvenientes debido a que agentes policiales ingresaron 13 veces a la base de datos del sistema informático de la Policía y sobreescribieron la orden para ocultarla.
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El acceso se dio desde la Oficina Regional de Ñeembucú y por esta razón fueron imputados los suboficiales Ramón B. Vargas Espinoza, de la Dirección de Policía de Ñeembucú, y Félix A. Ayala Caballero, del Departamento de Judiciales, por frustración de la persecución y ejecución penal.
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El escándalo generado por la protección al prófugo de la Justicia desde la propia institución policial motivó la destitución del jefe de Informática de la Policía, comisario Tomás Cardozo, y la la intervención de dicha jefatura.
Pese al archivamiento de este proceso, Bogado Quevedo continúa preso en virtud a una nueva orden de captura impartida por la justicia brasileña, a cargo del juzgado penal de garantías N° 7, juez Miguel Palacio.
Defensor solicitará rechazo del nuevo pedido de extradición
El abogado Eduardo Lezcano, defensor de Bogado, explicó que el nuevo proceso tiene su origen en la misma causa que atendió en su momento el juez Duarte y que objetará su continuidad, pues a su criterio, Brasil ya perdió la oportunidad de requerir su extradición al no presentar a tiempo los documentos formalizadores pese a haber sido debidamente notificado por las autoridades paraguayas.
“No estoy de acuerdo con eso (el nuevo proceso). Si bien es cierto que el tratado de extradición no habla de ninguna sanción que uno no remita la extradición en el plazo de 40 días, es obvio que si te dice que en 40 días tenés que remitir los antecedentes, se da por sentado que si no remitís en estos 40 días ya no tenés intención de extraditarlo. En su momento, cuando el juez le corra traslado al MP y el MP conteste en relación a la extradición de este señor, entonces también nosotros vamos a responder y vamos a manifestar nuestra oposición, del por qué se debe rechazar este nuevo pedido de extradición.