El Tribunal de Apelaciones Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado integrado con los camaristas Bibiana Benítez Faría, Gustavo Ocampos González y Arnulfo Arias, por Auto Interlocutorio N° 39 del 15 de marzo de 2022, rechazó la recusación promovida por el acusado Cristian Turrini, bajo patrocinio del abogado Eduardo Cazenave, contra la jueza penal de garantías Especializado en Crimen Organizado, Rosarito Montanía. La causa tramitada está caratulada como “Cristian Turrini y otros s/ Ley 1881/2002″, ID N° 6628/2020.
El recusante alegó que a su criterio, el juzgado incurrió en una confusión entre la audiencia preliminar propiamente y la de revisión de medidas cautelares, que a consideración de la defensa es totalmente independiente. Agregó que a juzgar por el trámite que se le dio a la revisión, “consideramos que no se ofrece ninguna garantía en cuanto a la imparcialidad por parte de este juzgado”.
Por su parte, la jueza Montanía rechazó la recusación y argumentó que no había fundamento serio jurídicamente válido para realizar la presentación. “Lo referido en los numerales 12 y 13 del Art. 50 del Código Procesal Penal hacen alusión específicamente a la excusación del juez, pero no pueden ser utilizados para la recusación, ya que estas, son circunstancias ligadas a factores de apreciación subjetiva relacionadas al ánimo del magistrado, es decir, al fuero íntimo del juez”, indicó..
La Cámara de Apelaciones opinó que sobre el particular, el motivo alegado por el recusante, no se corresponde a la situación prevista en el inc. 13 del Art. 50 del Código Procesal Penal que prevé sobre cuestiones particulares que los jueces invocan para separarse de los juicios, toda vez que no se encuentren en condiciones suficientes de seguir actuando en los mismos. Estas circunstancias son de carácter personal y solo pueden ser señalados por los magistrados cuando la causa afecte a su imparcialidad o independencia, justificó para rechazar la recusación de Turrini.
La acusación
Según la acusación presentada en octubre de 2021 por la fiscala Lorena Ledesma, de la Unidad Especializada en Lucha contra el Narcotráfico, Cristian César Turrini y Alberto Antonio Ayala Jacquet (propietario de Carbosur), ambos son responsables como autores de tráfico de drogas y tenencia sin autorización de sustancias estupefacientes.
La acusación los tiene como los responsables de los 2.096 kilos de cocaína encontrados en bolsas de carbón vegetal, en octubre de 2020, que estaban listos en contenedores del Puerto de Terport, Villeta, para ser enviados a Bélgica de allí a Israel.