El presidente del Jurado de Enjuiciamiento Magistrados, Jorge Bogarín, admitió que urge cambiar tres artículos de la nueva ley del órgano juzgador, uno de los cuales hace referencia al plazo de dos años para la prescripción de los casos.
“El Jurado, me puedo arriesgar a decir, depende de la modificación de esos artículos. De no ser así, vamos a estar prescribiendo todas las causas, no vamos a poder investigar”, dijo con contundencia el titular del ente encargado de remover a jueces, fiscales, defensores públicos y síndicos de quiebra. Bogarín manifestó que este martes se reunen en forma presencial, ya que el pleno le tiene que tomar juramento al ministro César Diesel, nuevo representante de la Corte.
“Ahí voy a socializar el proyecto de modificación de la ley, para ver si algún miembro tiene consulta o propuesta que hacer”, resaltó, al tiempo de explicar que ante la gravedad de la situación van a presentar en el menor tiempo posible la propuesta de cambio de los artículos ante el Poder Legislativo, a través de los senadores y diputados que integran el JEM.
Enfatizó que ya se reunió con sus colegas Rodrigo Blanco (diputado), Manuel Ramírez Candia (ministro de la Corte) y Mónica Seifart (representante del Consejo de la Magistratura), en donde analizaron el proyecto.
Al ser consultado si se establece un plazo mayor para la prescripción, respondió que hay diversas posturas. “Hay algunos que dicen que se puede poner que la prescripción se contará desde que el Jurado tomó conocimiento. Otros afirman que no. Se tendrá que acordar”, añadió Bogarín.
Cuando se le preguntó si el caso de los fiscales y jueces que se prestaron a Ramón González Daher para apretar a sus víctimas de usura ya prescribió respondió: “Y si. Si empieza la investigación con esta nueva ley no hay caso. Si se abre con la modificada, no”.
“La acción para acusar prescribe a los dos años a partir del hecho u omisión atribuidos al enjuiciado”, dice la última parte del artículo 11 de la nueva ley y que es la que blinda a magistrados.
El caso del juez Carlos Vera, de Ciudad del Este, quien le concedió un hábeas corpus al supuesto narcotraficante brasileño Lindomar Reges Furtado y el de la jueza Cynthia Garcete, que le otorgó la garantía constitucional a la pareja del extranjero, Gladys Aparecida Duarte, prescribieron, ya que se concedieron entre febrero y marzo de 2020.
El artículo 19, que también se buscará modificar se refiere a la solvencia que tiene que tener el abogado para acusar a los jueces y fiscales. Este limita la presentación ante el JEM contra los magistrados, lo cual también le blinda a los que cometen irregularidades.
El artículo 18 de la ley 6814/21, es otro de lo que se pretende modificar ya que limita al Jurado. El órgano juzgador para investigar de oficio a los jueces tiene que esperar diez días hábiles para que la víctima denuncie. En caso que no lo haga, debe esperar otros diez días, para ver si la Fiscalía, el Poder Legislativo o la Defensoría del Pueblo no acusan. Recién después de este plazo se puede plantear la investigación al juez o fiscal por presunto mal desempeño.
Además, se tiene que contar con el voto de seis miembros. Si de los ocho participan seis miembros, se debe contar con el voto de todos ellos.
Se advirtió desde un principio que la nueva norma es blindaje a los jueces y fiscales.