El presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), Abog. Jorge Bogarín Alfonso, ya había adelantado en la última sesión en diciembre del año pasado que los tres mencionados temas serían tratados en la primera sesión del 2022.
Monto de la caución
El primer tema mencionado sobre el monto de la caución tiene que ver con lo que dispone la nueva ley del Jurado que prevé que al plantear la acusación se debe igualmente presentar caución para garantizar cualquier daño o perjuicio que se pueda ocasionar en caso de que la acusación no prospere. Además, la caución es indispensable para que se dé el trámite correspondiente a la acusación particular.
Bogarín Alfonso había anticipado que el debate sobre la cuantía de la caución podría estar relacionado con el monto que se menciona en la acusación, como también puede disponerse una suma fija, pero finalmente esto se analizará en el pleno.
Cancelaciones
El segundo punto a tratarse en la próxima sesión tiene que ver con la forma de aplicación de las “cancelaciones” de las investigaciones o enjuiciamientos. El tema en discusión será la manera en que se impondrá la cancelación. Hay discordancia porque, por ejemplo, cuando un fiscal asciende a juez y tiene una investigación o enjuiciamiento, en este caso ¿se debe aplicar o no la cancelación, o por el contrario, deberá proseguir el proceso iniciado en el Jurado?
Prescripción
En tercer lugar, en la sesión plenaria se debatirá sobre el alcance de lo que dispone la nueva Ley N° 6.814 “Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales y defensores públicos”. El debate se centrará en lo que dispone taxativamente el Artículo 11, sobre “la acción para acusar prescribe a los dos años a partir del hecho u omisión atribuidos al enjuiciado”.
Se debe determinar si el plazo de 2 años será a partir de la emisión de la sentencia judicial, de la fecha en que se cometió el delito, o a partir de que se imputó en una causa.
Este tercer punto tiene especial interés porque afectará a las denuncias acercadas por el tribunal de sentencia sobre los casos de fiscales y jueces que se habrían prestado para realizar los “aprietes” para que el exdirigente deportivo luqueño Ramón González Daher (RGD) pueda cobrar sus créditos usurarios, utilizando a la justicia para ello.
Casos de “aprietes” de RGD
Sobre el pedido de informe de la sentencia en la que constan los nombres de jueces y fiscales que se habrían prestado para realizar los “aprietes” a favor de Ramón González Daher, Bogarín Alfonso dijo que la intención del Jurado es pedir el informe, pero que aún no lo hicieron porque están con la suspensión del plazo procesal que establece la ley a causa de la feria judicial que concluye el 31 de enero.
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“Seguro vamos a pedir los informes al Ministerio Público y al Poder Judicial, ya que ambas instituciones están auditando y analizando los desempeños de los fiscales y jueces, y a la hora que nosotros pidamos seguro ya va a estar bien aclarado este tema para que podamos estudiar y analizar si se abren o no de oficio los enjuiciamientos que correspondan”, fue lo que dijo Bogarín Alfonso.
Agregó: “Y reitero, solo estamos esperando los informes del Ministerio Público y el Poder Judicial, y en la segunda quincena de febrero vamos a analizar la posibilidad de un enjuiciamiento o no, de oficio”.
Expediente electrónico, el 1 de febrero
El titular del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), Jorge Bogarín Alfonso, explicó que con el expediente electrónico que se implementará a partir del 1 de febrero de 2022, la ciudadanía podrá acceder a los expedientes a través de la página web de la institución.
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“Vamos a tener un sistema que a partir del 1 de febrero, la ciudadanía va a tener acceso a la información, y no solamente acceso a lo que se presenta, sino que van a tener acceso a la trazabilidad del expediente”, refirió Bogarín Alfonso.
“Por ejemplo, se presenta un expediente el 1 de febrero, se va a conocer que el 4 de febrero va a Asesoría Jurídica, es decir, van a poder hacer el seguimiento hasta la culminación con la sentencia”, indicó.
Bogarín Alfonso agregó: “Van a poder saber si tal o cual miembro tiene en su poder 3, 4, 7 días, se va a saber si firma o no. Con esta tecnología todo va a ser más fácil y ágil porque todos los miembros del Jurado tenemos la firma electrónica, con lo que se va a evitar lo que antes se hacía que era llevar institución por institución donde se encuentran los miembros para que firmen las resoluciones. Esta tecnología nos va a dar una tremenda mano”, afirmó.
El titular del JEM, asimismo, se refirió a la creación de la Oficina de Atención a la Ciudadanía que es la dependencia del Jurado que va a orientar y dar las recomendaciones necesarias para que las acusaciones pueden presentarse de forma correcta. Más del 40% de las denuncias-acusaciones se rechazaron el año pasado por defectos formales, dio como referencia.
Tutoriales
La semana pasada, el Jurado lanzó unos tutoriales para que los interesados en obtener sus usuarios y contraseñas para poder utilizar el expediente electrónico
Enunciativamente, los sujetos habilitados para consultar y realizar el seguimiento del expediente electrónico son el litigante o profesional afectado, los abogados intervinientes o patrocinantes de acusaciones, la Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados, la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía general del Estado.
De igual manera, pueden estar habilitados en el expediente electrónico los fiscales acusadores del JEM, los magistrados, agentes fiscales y defensores públicos sobre quienes se formule acusación particular, los miembros del Jurado, el secretario jurídico o su equivalente, los ujieres notificadores y otros auxiliares de justicia para los actos procesales.
También aclaran que la ley no impide el registro y vinculación de otros usuarios que puedan ser habilitados, previa autorización del Jurado. La habilitación puede hacerse de forma presencial o a través de la web.